\Xf ($•/' ! \ FACULTAD DE%EDICDCA DE MEXICO. BREYUS APLATA MIEMOS V/ PAR^OADYI^trflCAL ESTUDIO DE LA VISION DISTINTA EN SUS RELACIONES CON LA MEDICINA LEGAL. TESIS QUE PARA EL EXAMEN GENERAL DE MEDICINA, CIRUGIA Y OBSTETRICIA l’KP.SFATA Al. JÜRAl»0 CAI.IF1CAII0K JOSÉ ANTONIO DE ECHÁVARRI Y FERNANDEZ, AÍX'MNO I>K LA ESCUELA N. DE MEDICINA. M EX ICIO IMPRENTA DE IGNACIO ESCALANTE. Bajos de San Agüstin, num. 1. 1883 FACULTAD DE MEDICINA DE MEXICO. m EYES APUNTAMIENTOS PARA COADYUVAR AL ESTUDIO DE LA VISION DISTINTA EN SUS RELACIONES CON LA MEDICINA LEGAL. TESIS QUE PARA EL EXAMEN GENERAL DE MEDICINA, CIRUGIA Y OBSTETRICIA PRESENTA AL JURADO CALIFICADOR JOSÉ ANTONIO DE ECHÁYARRI Y FERNANDEZ, ALUMNO DE LA ESCUELA N. DE MEDICINA. MEXICO IMPRENTA DE IGNACIO ESCALARTE. Bajos de San Agustín, num. 1. 1883 mtá umm/pá Q^í'nuí> uueudüí) (^/úlnuinm. d^'iAs&C'Ao''l De la Escuela de Medicina dddi é!$dan€€dm r/r/^Qy'/Zaí. '/ít-en v/s -o- El Señor Doctor De Medicina Legal (Q////r/¿ar/r/^^ Plus susceptible d’impressions variées que les autres seas, l’cell, par le secours de la lumiére, saisit tout á la fois dans les corps, les formes qui les terminent, les couleurs qui les embellissent, les rapports de leurs positions, les mouvements qui les traspor- tent daus l’espaee Pleitry. Zjmf AREA difícil y embarazosa es, á mi ver, la de es- 6)1! cribir sobre cualquiera materia que se relacione con las ciencias médicas, cuando para hacerlo no se cuenta con las dotes necesarias ni con un aco- pio suficiente de conocimientos. Fuera, pues, atrevimien- to de mi parte, vista mi incompetencia, pretender tratar con la extensión y detalles que merece, asunto de la im- portancia é interés como el que he elegido para formar este modesto trabajo; de modo que, solo me limitaré á bosquejar la cuestión, con objeto de que nuevas inves- tigaciones, emprendidas por trabajadores competentes, puedan completarla y darle el desarrollo que demanda. Debo también manifestar que este estudio no lleva, como yo deseara, el sello de la originalidad: es simple- mente una ampliación á la interesante Memoria del Dr. Vincent, titulada: Vision distinta considerada en sus relaciones con la Medicina legal. Su conocimiento habría 8 sido para mí de grande utilidad; pero no habiéndome si- do posible (por más que lo haya procurado, registrando las publicaciones extranjeras que de la materia tratan) encontrar el trabajo del Dr. Viueent, he tenido que con- formarme con el resumen que de él hacen Paulier y Hé- tet en su Tratado de Medicina legal, y de cuya lectura nació en mí la idea de elegir dicho asunto como punto de tésis. Dos son las partes en que está dividido este ligero estudio: Trato en la primera: De la distancia á que puede re- conocer un testigo al autor de un crimen, y afirmar su identidad ante los tribunales. En la segunda me ocupo: De la modificación de los co- lores debida á las distancias. Ambas cuestiones, tomadas del resúmen citado, han exigido, para fundar las conclusiones relativas, cierto nú- mero de observaciones que me son personales y han sido recogidas con toda exactitud. Para mayor claridad, he acompañado esta Memoria de unas cuadrículas: en ellas se encontrarán la suma y los resultados de mis observaciones: son, por decirlo así, la expresión gráfica del contenido de estas páginas. PRIMERA PARTE. De la distancia á que puede reconocer un testigo al autor de un crimen, 7 añrmar su identidad. Dedicar las primeras líneas á la definición de aquello de que se va á tratar, es no solamente seguir una costumbre es- tablecida en las obras científicas, cualesquiera que sean sus forma y dimensiones, sino proceder lógica y ordenadamente. Nada, pues, más natural, antes de abordar la cuestión, que dar de la manera más clara y concisa que me sea posible, una idea de lo que debe entenderse por visión distinta. La distancia á la cual debe colocarse un objeto para que el ojo le vea con mayor claridad y ménos esfuerzos, es á lo que los autores de Física llaman distancia de la visión dis- tinta. Cuando el objeto se aleja, el ojo conserva la facultad de distinguirle con bastante claridad hasta cierto límite, pasado el cual, sus detalles empiezan á ser confusos. El espacio que separa estos dos puntos se llama campo de la visión, y cada uno de ellos ha recibido los nombres de punctum proximum y punctum rernotissirnum. Según Jamin,1 las medidas efec- tuadas por los métodos de Scheiner y Hyoung muestran que, para un ojo normal, la primera de dichas distancias está com- prendida entre 0.m15 y 0.m20; para Kiiss, es de 0.ra25; y pa- 1 Cours de Pliysique. Paria, 1869, tom. III, pág. 792. 10 ra otros autores, es de 0.m30.x Que esta distancia sea más ó ménos corta, poco ó ningún interés tiene bajo el punto de vista de la identidad; lo que importa conocer es el límite has- ta donde el ojo puede ver neta y distintamente. Averiguar cuál es esa distancia, marcar el límite más lejano de la visión distinta, para que los resultados obtenidos por esta investi- gación puedan alguna vez tener sus aplicaciones en la prác- tica jurídica: hé aquí lo que me propongo hacer y á lo que tienden mis esfuerzos. Pero para poder llenar cumplidamente mi propósito, me- nester es entrar en algunas consideraciones relativas á cada uno de los factores ó elementos que figuran en el problema en cuestión, á saber: 1°, El testigo; 2°, el criminal; 8°, la luz. 1° El testigo.—No todo el mundo tiene la misma fuerza visual: el alcance de la visión ofrece diferencias de una per- sona á otra, y en algunos casos en los dos ojos de la misma persona. El ojo normal ó hemétrope posée la facultad de adap- tarse á todas las distancias comprendidas en el campo de la visión, de tal modo que los rayos luminosos emanados de un cuerpo se reúnen siempre y precisamente sobre la membrana sensible. El foco del liaz de luz suele formarse en otro punto distinto del que corresponde á esta membrana; pero entonces el ojo deja de ser normal. Se llama miope, cuando solo dis- tingue los objetos muy próximos y el foco de los lejanos so forma delante de la retina; é Mpermétrope, cuando los obje- tos lejanos son fácilmente vistos, mientras los que se encuen- tran cerca no son distinguidos porque su foco se forma tras de la retina. Además de estas anomalías dependientes, la primera, de un 1 Esta diversidad en los resultados obtenidos probablemente se debe á la edad de los individuos observados. En apoyo de esta aserción, véase lo que dice Meyer eu la página 455 de su Traité pratique des maladies des yeux: “Hemos visto que la acomodación depende de uu esfuerzo muscular; con los progresos de la edad, las fuerzas musculares se debilitan, al mismo tiempo, el cristalino va haciéndose más resistente y cambia menos fácil- mente de curvatura: estas dos causas hacen que poco á poco el punto más cercano (punchanproximum) de la visión distinta se aleje del ojo....’' y t) ~¡ J 99 "’P H t= co o JÜ co o CO ra MIOPES. Luz solar. En los cuartos. Luz de luna Llena. Luz de las estrellas (zas de alumbrado. Luz elé cfrica. Gas líquido. UT. MUROÜ/A. 7'31+.