FACULTAD DE MEDICINA DE LA ÜNIVERSID10 MtTOR DE SIN MIROOS. JURISPRUDENCIA médica DEL INFANTICIDIO. TESIS Leída y POR fosé Sanios üímlou. Ante la Respectiva Facultad, para optar el grado de Bachilljie--«#M^picina. LIMA. JMP. DE Y Ji.° 278. 1879. JURADO. D. D. José M. Romero. „ „ José M. Quiroga. „ „ Manuel C. Barrios. Jimor pífano; Señoras Catedráticos: La necesidad de dar cumplimiento al artículo 808 del Reglamento General de Instrucción Publica, me coloca en la honrosa á la vez que difícil situación de abusar de vuestra benevolencia, distrayéndoos de importantes aten- ciones, con la lectura de tan pobre trabajo como el pre- sente. Una inteligencia, desprovista aun de los conocimien- tos necesarios para producir un trabajo que sea digno de vuestra elevada ilustración, nada de bueno y mucho menos de nuevo, puede presentaros por mas esfuerzos que haga. Dignaos, pues, disimular con indulgencia los innumerables defectos de que ha de estar plagado mi primer ensayo, INFANTICIDIO. I. El hombre, poseedor de los nobles y generosos senti- mientos, dignos de su alta gerarqula en la escala Zooló- gica; de una voluntad, que le permite dirijir y ordenar su propia conducta, y de una intelijencia, que le propor- ciona la suficiente luz para que pueda distinguir lo bue- no de lo malo, parece que tuviera propensión á practi- car tan solo las acciones buenas, pero desgraciadamen- te, hay miembros de la gran familia humana, que se apartan de este camino moral y saludable ¿Para qué, señores? ¡Para arrebatar las propiedades de sus seme- jantes; para atentar contra sus vidas y aun destruirlas! Hay, pues, quienes hacen desaparecer de la tierra, exis- tencias acaso vigorosas y cometen el horroroso crimen, que de un modo genérico se llama homicidio y que espe- cialmente se denomina infanticidio, cuando la victima es aquel indefenso ser que conocemos con el nombre de re- lien-nacido. Basta recordar, que este ser es tan débil, que no puede oponer otra resistencia que elllanto á cual- quier ataque de que sea victima, y que el actor perpetra su crimen, sin correr el menor peligro contra su perso- na, para darnos cuenta de la magnitud y calidad del in- fanticidio, crimen que pasa oculto en mas de una oca- sión y que pasaría desapercibido, aun en mayor núme- ro, si los encargados de administrar justicia, no ocurrie- sen al auxilio de la Ciencia Médica, para descubrirlo donde quiera que se encuentre. Esta consideración y elentusiasmo que en mí han producido las brillantes lecciones dictadas por mi distinguido Profesor el Señor Dr. Arosemena, me han decidido á escribir sobre la Ju- risprudencia Médica del Infanticidio. II. ¿Quiénes son los que cometen el crimen del infanticidio, y cuales los móviles que á ello los guían? Nada es mas fácil que contestar á estas preguntas. Los recien-nacidos, por la debilidad suma de sus tier- nos órganos, son en lo absoluto impotentes para propor- cionarse por sí mismo los medios de subsistencia, y las madres, estimuladas por el dulce y elevado sentimiento materno, son las encargadas de prodigarles sus bienhe- chores cuidados y defender de todo ataque su naciente existencia; y sin embargo, esas mismas madres son las que cometen, en el mayor número de casos, el crimen del infanticidio, como nos lo manifiestan las diarias obser- vaciones estadísticas. A este respecto, dice Legrand Du Saulle, que: «Es lo mas frecuente, que el infantici- «dio sea cometido por las madres de las víctimas, que «por otras personas » Efectivamente: ¡Cuántas hijas de familia, para ocul- tar ante sus padres ó ante la Sociedad su perdida casti- dad, empanan su honor con manchas indelebles, con ver- daderos crímenes, quitando la vida del fruto de su pro- pio seno y de sus irreflexivos deslices.! ¡Cuántas desventuradas esposas, durante una larga ausencia de sus cónyuges, faltan á la fidelidad del sagra- do lazo matrimonial, y encuentran el filicidio como úni- co recurso, para no menoscabar su buena farnal Y en los monasterios ó establecimientos religiosos de clausura y vida contemplativa y de mortificación, cuán- tos crímenes no llegan á consumarse? ¿Cuántas inocen- tes criaturas, inhumadas, quizá en las mismas celdas de las mugeres que han hecho voto de castidad, ocultan con su muerte las faltas de sus madres? La pobreza es también el origen de algunos infantici- dios. Hay padres desgraciados que se ven obligados á sacrificar las vidas de sus hijos, por falta de medios pa- ra proporcionarles la subsistencia. Las personas de poca ó ninguna instrucción cometen á veces este delito, por las mas insignificantes considera- ciones. Finalmente: ¡Caántos infelices niños son ultimados por sus padres, hermanos ú otras personas que tengan derecho á la suoecion de bienes ó demando, para de es- te modo improvisar fortunas ó ceñir sus frentes con una insignia de mando! En apoyo de estas reflexiones, presentarémos el resú- men de los minuciosos trabajos estadísticos de Tardieu, de cuyos estudios resulta, que en 100 casos de infanti- cidio, los autores del crimen estaban en la siguiente pro- porción: Hombres de 7 á 9. Mugeres de 91 á 93. Casados ; de 20 á 30. Célibes de 70 á 80. Faltos de instrucción ..de 79 á 83. III. ¿Cuáles son las cuestiones médico-legales del infantici- dio; es decir, que cuestiones médico-legales despierta la pre- sencia del cadáver de una criatura9 Cuando el tribunal de justicia solicita del perito médi- co un informe, sobre un caso de presumible infanticidio, la conducta del médico-lejista debe ser la siguiente: A. Bu primer lugar, procurará descubrir el crimen mismo, investigando escrupulosamente las alteraciones anátomo-fisiológicas, á fin de determinar qué clase de muerte lia tenido el niño, y en caso de ser criminal, que género de violencias hubo de emplearse para su consu- mación. B. En seguida, será de necesidad averiguar la edad que tuvo el nino en la época de su muerte; porque, si él no estuvo en el periodo de los recien-nacidos, el delito es de un simple homicidio, cuyas penas no deben ser tan severas, como .en el caso de un infanticidio calificado, 8 según los códigos penales de las naciones; por consi- guiente, es indispensable determinar la edad. C. Puede un caso de supuesto infanticidio reunir las dos condiciones anteriores, y sin embargo no calificarse como tal; porque el niño puede haber nacido incapaz, pa- ra continuar viviendo, por multitud de causas: haber na- cido no viable y en cuyo caso, no existir el crimen de que me ocupo. Es pues de suma necesidad averiguar si el niño nació viable ó nó. Voy á ocuparme de cada una de estas tres faces del exámen médico-legal del infanticidio. A. ¿Qué género de mueite ha tenido el niño y á qué cuestio- nes médico-legales da origen? El niño que acaba de nacer, no solo se ha encontrado en los inminentes peligros que acompañan al parto, si- no que en los primeros dias de su existencia, está rodea- do de una multitud de causas que amenazan su salud y hasta su vida, y bajo cuyas influencias puede sucumbir: entonces la muerte es natural. Poi lo mismo que un recien-nacido está amenazado por tantos agentes destructores de su vida, sus padres ó quienes los representen, deben prodigarle cuantos cui- dados le sean necesarios; de manera que, cuando se omi- te alguno ó algunos de esos cuidados, en muchos casos, deja de existir el niño: pero como esta omisión puede tener lugar de una manera accidental é imprevista ó de un modo intencional, este género de muerte, calificado de infanticidio por omisión puede ser voluntaria ó invo- luntaria . Por último, no pocos de estos débiles seres, mueren porque una mano aleve (casi siempre la encargada de protejerlos) ha cortado el hilo de su existencia emplean- do medios violentos. Esta especie de muerte se califica con el nombre de infanticidio por comisión. 9 Las leyes no castigan sino á los culpables; pero la maldad ha empleado, en mas de una ocasión, la terrible arma de la calumnia, para hacer castigar con severas penas á muchos inocentes. Se comprende, desde luego, que un caso de muerte natural, no presenta grandes di- ficultades para su conocimiento, si se tiene en cuenta ios caractéres de los recien-nacidos (lo que verémos al tratar sobre la edad); máxime cuando ella resulte por exclusión, después del exámen que se haya hecho y se llegue al conocimiento de que no pertenece á los otros dos géneros de muerte. lCómo se distingue si es voluntario ó involuntario el in- fanticidio por omisión? El recien-nacido está expuesto á los mayores peligros desde el acto del parto y es indispensable seguir aten- tamente cuantos cuidados sean necesarios para salvar su vida. Efectivamente, el niño puede perecer en el acto mis- mo del alumbramiento; por su misma inviabilidad; por contracciones exageradas del útero; porque el cuello ute- rino ó el cordon umbilical estrangulen el cuello del feto; por un trabajo diñcil y prolongado en el parto; por aho- garse en el líquido amniótico ó en la sangre; y por tan- tas otras lesiones anatómicas, mas ó menos aparentes, que hagan sospechar el empleo de violencias como cau- sa de la muerte. En estos casos el individuo es aun fe- tal, pues, no ha llegado á la vida extra-uterina; por ma- nera que no podemos considerarlo como formando parte de nuestro estudio, y en semejantes circunstancias, el médico llamado á intervenir en la cuestión, no tendrá mas que comprobar que el niño murió antes de haber llegado á la edad de los recien-nacidos, para declarar que no se trata de un infanticidio. Pero en muchos otros casos, el niño perece después de un parto feliz, debido á la negligencia de los padres ó de las personas encargadas de su cuidado. En efecto: ¡Cuántas criaturas perecen porque no se les ha preser- vado de un frió rigoroso ó de una calor exagerada; por- que no se les ha proporcionado los alimentos, ó si lo han hecho ha sido con sustancias inaparentes y nosci- vas; porque no seles ha ligado el eordonumbilical y ha venido una hemorragia abundante; porque se les ha cubierto el cuerpo con vestidos muy estrechos ó se les ha colocado en condiciones que dificulten su respiración y los hacen sucumbir asfixiados, &! Estos descuidos que muchas veces son inocentes, en cuyo caso la ley no pue- de imponer castigo alguno, son en otras ocasiones me- dios encubridores del crimen, porque los cuidados son omitidos intencionalmente y con perfecto conocimiento de sus funestos resultados. De manera que la muerte ocacionada por este medio, está revestida de todos los caractéres de gravedad de un infanticidio por comisión, puesto que las causas y los fines son los mismos, varián- dose tan solo en la elección de los medios. Si la muerte por omisión voluntaria es tan criminal como la que se ha hecho por comisión, es de necesidad distinguirla de la que se ha realizado por omisión invo- luntaria. ¿Qué medios seguros tenemos para ello? Nin- guno, y muchas veces los juristas y los medicos-legistas tienen que declararse impotentes para descubrir el deli- to. Sin embargo, mucho partido se puede sacar averi- guando los antecedentes de la madre y de las personas que están en contacto con el niño, es decir, si están comprendidos en los casos que hemos indicado al ocu- parnos de las personas que generalmente cometen este delito, así como los móviles que los impulsan y las ven- tajas que podrían reportar de ello; si la matrona que asistió á la madre en el desembarazo es, por su inteli- gencia y conocimientos, capaz de haber previsto-todo, y no incurrir en las faltas que nos ocupan sino con un objeto criminal; en una palabra, un médico perspicaz y experto, puede, hasta cierto punto, descubrir el carácter inocente ó criminal de las omisiones. Como se ve, nunca puede descubrirse la verdad con toda la evidencia debida, para señalar con completa se- guridad al infanticida, y las leyes penales no deben ser tan enérgicas, como en casos de muerte por comisión, para con las personas en quienes recaen todas las probabilidades de la responsabilidad del crimen, pero no con la certidumbre completa. Con sobrada justicia, el Doctor Fuentes, califica á la muerte por omisión vo- luntaria, con el nombre de homicidio por negligencia. iCuáles son los medios empleados en los casos de infan- ticidio por comisión, y de que manera podrá descubrirse el erímen en cada caso? El mayor número de infanticidios se realiza por el empleo de sustancias tóxicas 6 de violencias, á veces tan crueles, que el corazón humano se horripila con su con- templación. Una multitud de niños mueren bajo la ac- ción de un veneno; á concecuencia de golpes; por la in- troducción de una aguja en ciertas regiones delicadas del cuerpo; por heridas practicadas con instrumentos cortantes, punsantes ó contundentes; por la torcion del cuello; por las diferentes especies de asfixia; por la com- bustión; &a. Voy á pasar revista de cada uno de estos medios que ocacionan la muerte, procurando hacerlo de la manera mas lacónica que me sea posible y sin salir de los lími- tes del infanticidio. envenenamiento.—Las sustancias tóxicas, raras veces se emplean para envenenar criaturas; en cuyo caso, hay que ocurrir al exámen químico, de la misma manera que en los casos de envenenamiento de los adultos, golpes.—Los golpes dados con diferentes cuerpos só- lidos, que ocasionan la muerte de un niño, las mas ve- ces son dirijidos sobre la cabeza, y otras veces, la mis- ma criatura agarrada de los pies ó manos, es cruelmen- te golpeada contra una piedra, un árbol ú otro objeto duro. Las lesiones son tan graves á veces, que por sí solas denuncian el crimen. Pero en otras ocasiones ellas son de tal suerte, que pueden confundirse con las producidas de un modo accidental, ó en el acto de un parto laborio- so, ya sea por las pequeñas dimensiones de los estre- chos pelvianos de la madre, ó por las maniobras hechas con los dedos é instrumentos por la profesora. Entonces hay necesidad de examinar minuciosamente la natura- leza, la dirección, las dimenciones, las regiones que ocu- pan, el número, grado de intensidad. &a. de las contu- siones, fracturas, luxaciones y demas lesiones que se ten- gan á la vista. Debe tenerse ademas en consideración que las lesiones son mas numerosas y guardan especial re- lación con los dedos é instrumentos empleados, en casos de parto; al paso que en los de infanticidio, las lesiones son en número de uno, muy raras veces de dos ó mas, y casi siempre en la cabeza. Arrojará también abundan- tes luces, el exámen que se haga de la constitución del niño, pues, según esta, se vendrá en conocimiento de que muchas alteraciones,principalmente los hundimien- tos del cráneo, las fracturas y luxaciones, no provienen de atentados contra la vida. Convendrá también hacer un detallado exámen de los estrechos pelvianos y demas condiciones tocológicas de la madre, con todo lo que, muy difícilmente permanecerá oculto un crimen. acupuntura.—Las ajugas, estiletes y demas instru- mentos análogos, han servido también de armas para consumar el crimen del infanticidio. Las personas que emplean estos medios, escojen las regiones que sean me- nos visibles, para que en el exámen pasen desabercibi- das las huellas de la operación. Así, introducen el arma criminal por la nuca, la faringe, las fosas nazales, el oido ó las fontanelas, para herir el sistema nervioso ce- rebro-espinal; por la vagina, el recto, las axilas, &., pa- ra herir otros órganos importantes. Si nos fijamos en que siendo los instrumentos muy delgados y estrechán- dose mucho la abertura de la herida por la contracción de los tejidos, se hace difícil percibirla, se comprenderá cuán sérias dificultades se presentan para descubrir la causa que ha producido la muerte, y por lo mismo, cuán- ta prolijidad se necesita de parte del médico, para exa- minar atentamente las lesiones, por leves que parez- can. HERIDAS PRODUCIDAS POR DIVERSOS INSTRUMENTOS. La muerte producida por los instrumentos cortantes, pau- santes ó contundentes, dán á conocer inmediatamente el delito. Mas, hay multitud de ocasiones en que, un parto difícil que comprometa la vida de la madre, obli- ga á la partera á mutilar el feto, extrayéndolo á trozos,, ó á perforar el cráneo con el objeto de extraer la masa encefálica, si el volúmen de la cabeza ha sido el obstá- culo del parto, y en este caso, pueda atribuirse á esta causa el crimen de que se trata. Basta entonces exami- nar con detenimiento los.órganos del niño, especialmen- te los pulmones, para descubrir si la mutilación tuvo lu- gar en el mismo parto ó después que el niño había na- cido con felicidad. luxacion de las yértebras cervicales.—Muchos cri- minales consuman su intento, practicando la luxacion de la vértebras cervicales: ya sea, doblando la cabeza hácia atrás ó haciéndola girar al rededor de su eje, con el objeto de lacerar la médula espinal en su parte mas delicada. Este delito no es difícil de comprobar, por cuanto en la piel del cuello, se presentan manchas equi- móticas, mas ó menos manifiestas, y en defecto de ellas, los ligamentos intervertebrales y la médula misma, es- tán dislacerados. Pero hay la circunstancia, de que en el trabajo de un parto laborioso, se hacen tracciones so- bre la cabeza del feto y resultan las mismas consecuen- cias que en el acto criminal. Para decidir sobre esta cuestión, se harán preguntas á la madre y á la matrona, sobre las circunstancias del parto y las dificultades que han dado lugar á hacerlas tracciones, á fin de asegurar- se de la verdad, es decir, si la luxación tuvo lugar en el acto del parto; pues, si resulta que el niño aun no ha- bía nacido, esto es, respirado, claro es que no ha habi- do infanticidio. asfixia.—El profesor Tardieu, en 182 cadáveres de recien-nacidos, que examinó por orden judicial, tuvo ocasión de ver que 72 habian perecido asfixiados. Como la asfixia se realiza de diferentes maneras, veamos cuán- do puede ser el resultado de un crimen. Cuando un niño muere á consecuencia de habérsele tapado la boca y la nariz; encerrado en un baúl 6 en un recinto privado de aire; de habérsele taponado la parte posterior déla cavidad bucal; en una palabra, de habér- sele privado de aire, ha habido asfixia por sofocación. Por muchos autores se consideró como un signo carac- terístico, la presencia de unas manchas equimóticas, mas ó menos extensas y numerosas, en la superficie de los pulmones; mas, después se ha observado que este fe- nómeno se presenta también debajo de la hoja vieeral de todas las cerosas, y que por el contrario dejan de exis- tir cuando no se ha ligado el cordon umbical, como se ha visto por la esperimentacion en los perros, y como también se ha observado el mismo fenómeno en los ni- ños que mueren por un exceso de debilidad sin estar privados de aire; se concluye que dichas manchas resul- tan de la extravasación sanguínea en el tejido celular sub-ceroso, por los esfuerzos que instintivamente hace el niño para inspirar aire; pues los pulmones tiernos no pueden funcionar bien para que se realice la hemotosis. De manera que el médico-legista, no debe considerar aisladamente dichas manchas, como un signo distinti- vo de la sofocación, sino que debe ademas buscar: una espuma fina rosada que existe en la traquea y en los bronquios; derrames sanguíneos en el interior y en la superficie del timo; la estrema fluidez de la sangre, y equimosis análogas á las sub-pleurales en el tejido celu- lar sub-pericardio y supra-pericraneo. Si al lado de es- tos signos se encuentran equimosis en las alas de la na- riz yen los labios de la víctima; es claro que la sofoca- ción resulta de habérsele tapado la boca y la nariz. Si en la parte posterior de la cavidad vucal, se encuentra algodón ú otra sustancia parecida; no cabe duda de que la sofocación es el resultado de un taponamiento de la laringe. El aire deja de penetrar en los pulmones,, porque un agente exterior comprime la parte anterior del cuello, obstruyéndose el conducto de la laringe y proviene la muerte, ocasionada por la asfixia por estrangulación. Es- ta muerte, ya sea por la acción de los dedos solamente ó del lazo empleado, deja desde luego traducir el cri- men, por las manchas equimótieas que existen en el cuello. Pero muchos autores no creen dichas manchas como signos seguros, porque el cordan umbilical ó el cuello uterino, pueden producir la extrangulacion y de- jar también sus huellas. Sin embargo, podemos distin- guii en uno y otro caso; pues, si las manchas tienen una forma uniforme y sin esfoliacion de la epidermis, es na- tural suponer que han sido producidas por las superfi- cies lizas y lubricadas de ios órganos indicados; pero si las manchas son irregulares, ásperas y de un color mas bien moremo que rojo, y si ademas el derrame san- guíneo no está en el tejido celular subcutáneo sino en el mismo tejido cutáneo, concluiremos con el Profesor Or- illa, que son el resultado de un crimen. Sumerjiéndose á un nino en un pozo, en un rio, en el mar ó en un polvo fino, no solo está privado del aireres- pirable, sino que sus pulmones están invadidos por ele- mentos que le son estraños y muere á consecuencia de la asfixia por sumércion- Basta encontrar una cantidad mas ó ménos considerable del fluido en las vias aéreas y aun en las digestivas, para concluir que el hecho ha si- do criminal; porque si después de muerto, hubieran su- merjido el cuerpo, es claro que dichas sustancias no ha- brían penetrado sino hasta las primeras porciones de ambas vías* combustión—Algunas madres, después de quitarla vida á sus hijos, los ponen bajo la destructora acción del calor, con el objeto de hacer desaparecer el crimen; pero la crueldadíde otras,, llega hasta el punto de que- marlos vivos, practicándose en ambos casos el fenóme- no de la combustión. ¿Un niño ha sido quemado vivo aún, ó después de muer- to? Tal es la primera pregunta que se ocurre y que procuraré contestar del mejor modo queme sea posible. Supongamos que la combustión ha sido lenta y á cierta distancia del foco calorífico: en este caso, si el nido lia estado vivo, su cadáver estará momificado y su piel pre- sentará flictenas (hecho que solo tiene lugar en los seres con vida), y por el exámen de los órganos vicerales, se concluirá opinando porque estuvo con vida cuando se rea.izó la operación; pero, si el cúerpo del niño no pre- senta signos de haber perecido bajo la acción del fuego, un exámen prolijo de cada uno de sus órganos, descu- brirá el género de muerte que tuvo. Pero si la combus- rion ha- sido rápida y con el cuerpo colocado en el mis- mo foco, y si ademas podemos conseguir algún trozo que no esté completamente carbonizado, diremos que estu- vo vivo si se encuentran flictenas, y en el caso contra- rio que nó; sin que sea posible descubrir el delito si el cuerpo está totalmente reducido á cenizas. ¿Siempre podrá descubrirse el crimen, cuando se sospe- cha un infanticidio por combustión? Si se trata de una combustión lenta, podemos contestar desde luego afir- mativamente; pero en una quemadura completa, en que los restos del cadáver están totalmente reducidos á ceni- zas, nos encontramos con muy sérias dificultades. Es cierto que en un monten de cenizas animales y vegeta- les, donde se cree exista el cuerpo del delito, se pueden distinguir las de origen animal; pero poco ó nada se avanza con esto, porque no pueden ser restos humanos sino de un animal comestible."A pesar de todo, algo se puede hacer, si esos restos están en piezas, es decir, no reducidos á polvo; porque miéntras los huesos de un re- cien-nacido están eu via de oxificacion, los de los anima- les estarán completamente oxificados, puesto que no se comen en estado fetal ni muy tiernos. Por lo expuesto se ve cuantas dificultades hay para descubrir un infanticidio por combustión, y por consi- guiente, cuánta prudencia necesita el médico-legista pa- ra emitir su opinión en un asunto de esta naturaleza. B. Una vez descubierto el crimen, hemos dicho, que es de necesidad designar la edad que tuvo el niño, para saber si perteneció ó no á la de los recien-nacidos. Ha llegado, pues, el momento de que entremos en las cues- tiones médico-legales de la edad con relación al infan- ticidio. i En qué momento 'principia y dónde termina la edad de los reden-nacidost Esta pregunta resuelve la cuestión prévia, es decir, los límites del primer período de la vida exti a-uterina; para saber si un niño, objeto de la cuestión, pertenece á él ó no. Carnot, entre otros tratadistas, opina porque la edad del recien-nacido, es aquel estado sanguinulentus del De- recho Romano, esto es, el momento que inmediatamente sigue al parto, donde aún no se le ha suministrado al niño cuidado alguno- Como se ve, éste es un periodo su- mamente restrinjido y que termina, en multitud de ca- sos, en un momento en que no debe considerarse ni co- mo el principio. Basta fijarnos en el nombre genérico de vida extra-uterina, para concebir la idea de que se trata de un ser vivo que está fuera del seno materno; por consiguiente,un nino, inmediatamente después del parto, no puede incluirse en el número de los seres vi- vos extra-uterinos, miéntras no manifieste los signos de vida adecuados al nuevo medio en que se encuentra. Diremos, pues, nosotros con la mayor parte de los médico-legistas, que la edad de los recien-nacidos, co- 3 mienza cuando el parto ha terminado completamente, y el niuo, por sus movimientos, el llanto y las funciones de sus órganos, principalmente pulmonares, manifiesta señales de estar con vida. Se nos dirá, que muchas ve- ces un niño que aún está en el acto del nacimiento, dá señales de vida, especialmente por las funciones respi- ratorias; contestaremos diciendo que ese niño está toda- vía expuesto á perecer por un sin número de accidentes, ántes de estar totalmente fuera del útero, pero que si el niño continúa en esas condiciones hasta la definitiva terminación del alumbramiento, inmediatamente des- pués, comenzará su vida extra-uterina, 6 sea su edad de recien-nacido. Veamos ahora donde termina. No ha habido menor divergencia á este respecto. Varios tratadistas son de parecer y Olivier entre ellos, que la existencia del cordon umbilical es perceptible aun á los ojos del vulgo, y que con su caida debe terminar el período de los recien-nacidos, que tiene lugar del cuarto al octavo dia después del nacimiento. Billar también se fijó en un carácter anatómico, pero no el cordon um- bilical, sino en la cicatrización de la herida que deja su caida, hecho que tiene lugar del octavo al duodécimo dia. Otros han creido que el período de vida, de que me ocu- po, debe durar el tiempo estrictamente necesario, para asentar la partida de su nacimiento, fijando para ello tres dias. Fácilmente se vé, que las tres opiniones espuestas se prestan á objeciones, puesto que ninguna se funda en una época fija, ni en un signo bien determinado, Sin embargo, yo me inclino á aceptar la de Ollivier fundán- dome en las siguientes razones: en primer lugar, la cai- da del cordon umbilical es un fenómeno muy notable en el curso de la vida y es ademas un hecho que necesaria- mente ha de realizarse; en segundo lugar, no se aleja de la época del nacimiento sino por muy pocos dias; por consiguiente, no parece ilógico admitir, entre las tres opiniones espuestas, la primera, que determina que la edad de los recien-nacidos debe acabar con la caida del cordon umbilical. Tal vez se nos diga, que la base fun- damental de las leyes es la igualdad, y que perderían este carácter si designasen el mismo castigo para el que mata á un niño de cuatro dias y para el qne mata á uno de ocho dias; que, por tanto la edad de los recien-naci- dos debe comprender un lapso de tiempo invariable. Con- testaré á tal objeción, que ese obstáculo es solo aparente y que desaparece ante la consideración de que unos ni- ños son robustos y sus órganos llenan con mucha acti- vidad sus funciones, dando por resultado la caída del cordon en muy pocos dias, al cuarto generalmente; al paso que otros, desfavorecidos por la Naturaleza, tienen una constitución sumamente débil y su organismo no puede llenar sino lenta y tardíamente sus funciones, de donde resulta la caída de su cordon apénas al octavo dia: la justicia verdadera debe fijarse, pues, en las condicio- nes individuales de la persona en quien ha de ejercerla, mas bien que en el número de horas que dure la edad; y ni al lado de estas consideraciones tenemos la de que las otras opiniones, careciendo de estas ventajas, tienen los mismos y peores defectos, terminaremos diciendo que la opinión de Ollivier es la que se debe aceptar. iQué signos caracterizan á los reden-nacidos? Conocidas ya las épocas en que principia y termina la edad de los recien-nacidos, veamos los signos que la caracterizan, á fin de que, por su sola apreciación po- damos decir, si un niño pertenece á este período de la vida ó no. Conviene ante todo, para la mejor inteligencia del asunto, conocer los signos que presenta un niño ántes de su nacimiento. El feto, una vez que ha llegado á la época del naci- miento con el suficiente desarrollo de su organismo para poder vivir, se llama de término, y llega á este estado, casi siempre, al fin del noveno mes de embarazo: á los 270 dias de la fecundación. Mas, muchas veces el par- to ha tenido lugar con una anticipación, mas ó ménos considerable y la criatura ha continuado, sin embargo, viviendo. Por esta razón, la ley fijándose en que los ñi- ños que nacen al sétimo mes de su concepción, han po- dido vivir, ha dispuesto que el feto se considere de tér- mino, desde la época de la vida intra-uterina para ade- lante; pero, la Fisiología, no se fija en la época del na- cimiento, sino en las condiciones del feto, declarándolo de término, si reúne los siguientes signos: aspecto exterior.—La piel suave y elástica, está cu- bierta de una sustancia blanquecina; el cordon umbili- cal redondeado y azulado, contiene sangre coagulada en sus vasos; el cabello de dos á tres centímetros de longi- tud; las uñas crecidas hasta cubir la pulpa de los de- dos; el ombligo situado casi en la parte media de la lí- nea que une el hepigástrio al pubis, un tanto mas pró- ximo á éste; la talla general ó total de 45 á 50 centíme- tros; los diámetros del cráneo de 115 milímetros el oxi- peto-frontal, de 185 el oxipeto-mentoniano y 90 milíme- tros el biparietal; el peso total del cuerpo, de 8,000 á 3,500 gramos. osificación.—Los huesos del cráneo no están comple- tamente desarrollados y dejan entre sí fontanelas, mas ó ménos espaciosas; al nivel de los cóndilos del fémor, hay un núcleo huesoso hepifisario (Billard); en el espa- cio correspondiente á los cuatro incisivos de la mandí- bula inferior, hay un tabicamiento que representa los cuatro alveolos correspondientes. EXÁMEN DE DIVERSOS ÓRGANOS.—Como el feto está l'O- deado de una atmósfera líquida, formada por el amnios, ios pulmones no pueden funcionar y están reducidos á una masa compacta, de un color pardo violado, es mas pesado que el agua; el corazón tiene el agujero de Botal en el tabique inter-articular; sus vasos pulmonares es- tán reducidos á cordones; la circulación menor no exis- te, y la sangee del feto se purifica en los pulmones de la madre, con cuya circulación está unida la suya, por me- dio de los basos umbilicales. En la última porción del aparato digestivo, se encuentra una sustancia escremen- ticia de un color verduzco. El timo, el hígado y el baso están cargados de sangre y son muy voluminosos. Tales son los principales signos de un feto de térmi- no, poco ántes de su nacimiento. Voy ahora á pasar en revista los que presenta después de nacido. En los primeros momentos después del parto, se com- prende cuanta transformación ha habido en elnino; aun- que el grado de osificación de sus huesos, las diferentes dimenciones de su cuerpo y el estado de sus uñas y pe- los sean quizá los mismos. En efecto: la piel está lijera- mente rojiza (cubierta siempre de su sustancia debacea) á causa de la congestión de los capilares cutáneos oca- sionada por la acción de los agentes exteriores. Mas no es ésta la única acción del nuevo ambiente que rodea al niño en vez del líquido amniótico: la falta de la sangre arterial placentaria de un lado y la estimulación misma producida por la Atmósfera por otro lado, hacen que sus órganos respiratorios principien á funcionar; que sus pul- mones se dilaten, tanto porque sus vecículas se llenan de aire, cuanto porque hay un aflujo sanguíneo que le da un color rojizo claro; que su peso específico dismi- nuya de tal manera que sobrenade en el agua, á pesar de haber aumentado su peso absoluto; que el tórax au- mente de volúmen, sobresaliendo los espacios inter-cos- tales y deprimiéndose el centro frénico del diafragma. El estudio de los pulmones del niño, ántes y después de su nacimiento, en sus relaciones con el agua y referen- tes á su peso específico, constituye la documacia pulmo- nar hidrostática, de que no debo ocuparme, por no per- tenecer á mi objeto, reservándome satisfacer, al sostener mi Tésis á los Señores objetantes, si así lo desean. No menos notables son las alteraciones que sufren el aparato circulatorio y sus funciones. Habiendo desapa- recido la circulación feto-placentaria y obstruídose los vasos umbilicales, la sangre del niño se purifica ya por el fenómeno de la osmosis pulmonar, mediante el esta- blecimiento de la circulación menor; los basos pulmo- res dan paso al líquido sanguíneo, obstruyéndose lenta- mente el canal arterial, el venoso y el agujero de Botal. En las primeras porciones del aparato digestivo, se encuentra un poco de aire, y el mecónio que ocupaba el intestino grueso, apénas ha dejado seuales verdezcas en las mucosas, habiendo sido expulsado después del naci- miento. El timo, el hígado y el bazo disminuyen de volumen y de peso, debiendo mas tarde atrofiarse compeltamente el primero de estos órganos. Puede determinarse el momento preciso, ó siquiera el dia en que murió un reden-nacido? Los signos que acabamos de esponer, parece que son suficientes, para conocer si un cadáver pertenece á un feto de término ó á un recien-nacido. Se comprende que, cuanto mas se aleja un niño del momento de su nacimiento, los signos que he indicado irán marcándose mas y variando dia á dia. Así: La respiración será cada vez mas libre y perfecta. La circulación también presentará cambios mas no- tables: la obliteración de los canales arterial y venoso y del agujero de Botal, que principia al mismo tiempo que comienzan los basos pulmonares á dar curso á la sangre, acaba por obliterarse generalmente del décimo al décimo quinto dia, aunque no es raro que persistan por mas tiempo. La piel elástica, lijeramente inyectada de sangre y cubierta de la sustancia sebácea el primer dia; al segun- do, la epidermis principia á hendirse para exfoliarse en forma de escamas, al tercero dia por el abdomen y el tórax; verificándose esta exfoliación en las regiones in- guinales y axilares, del cuarto al sexto dia; estendién- dose en adelante por las estremidades. El cordon umbilical, comienza á marchitarse pocas horas después del nacimiento; al siguiente dia principia la exfolaeion de su epitelio, á la vez que por su estre- midad libre comienza á secarse; cambiando de color y de forma al tercer dia, y continúa desecándose hasta caei - se del todo; lo que tiene lugar del cuarto al octavo dia. El aparato digestivo también presenta signos impor- tantes, según trascurran los dias. En el primer dia del nacimiento, se encuentra el mecónio en la estremidad anal del intestino grueso; al otro dia, la superficie de la mucosa del recto está tenida de verde; al tercero y cuar- to dia, solo quedan manchas verduzcas, cada vez mas pequeñas, para-desaparecer completamente del cuarto al quinto dia. Como el niño tiene que alimentarse con la leche materna, se encontrará (pasados dos ó tres dias) en los intestinos, sustancias escrementicias. Tomando en conjunto todos estos datos y haciendo un examen minucioso de la madre, podemos pues decir, ca- si con seguridad, la edad precisa del niño al tiempo de morir; mas se requiere para esto que el cadáver esté in- tacto. Si la descomposición cadavérica se ha desarrolla- do, es mcesario tener en consideración hasta qué grado ha llegado; pues, se comprende que si las partes blan- das han sido destruidas á tal punto, que no pueda ni apreciarse la naturaleza de los órganos, no es posible precisar la edad con el solo examen del esqueleto. Todo esto, tratándose de un niño nacido de término; pues, si ántes de cumplir los nueve meses en el seno materno, ha venido al aire, ni su peso ni su volumen, ni las demas condiciones del desarrollo de su cuerpo serán, como se ha dicho, sino mucho ménos. En tal ca- so, basta con examinar sus pulmones: si ellos han rea- lizado la respiración, es decir, si sobrenadan en el agua, presentan la crepitación y son de un color rosa claro, ha nacido viable el nino, por consiguiente murió á la edad de los re cien-nacidos. Por lo demas, si bien es cierto que en teoría tiene mucha importancia precisarla edad del niño, no creo que sea de gran valor en la práctica; porque juzgo que bastará pro- bar que la edad está en el período délos recien-nacidos, para que el tribunal de justicia pueda aplicar las leyes penales á los delincuentes de infanticidio calificado. No basta probar que un reden-nacido ha sufrido muer- te por comisión, es necesario ademas averiguar, si ese niño ha nacido con la aptitud conveniente para conti- nuar viviendo; es decir, si ha sido viable. La no viabilidad tiene lugar l.° cuando el niño nace sin el desarrollo necesario, para que sus órganos llenen las funciones que le están encomendadas, y en cuyo ca- so el médico resolverá la duda que pudiera haber sobre su viabilidad, teniendo presente los signos del feto de término y de los recien-nacidos, que he indicado al ocu- parme de la edad de estos; 2.° cuando nace con algún vicio de conformación orgánica incompatible con la vida y aun cuando sea compatible, que esté en un grado tan avanzado, que produzca la muerte, y en este caso, re- solverá la cuestión de viabilidad el exámen anatomice del cadáver y los estudios teratológicos; y 8.° cuando un niño nace acompañado de una enfermedad mortal, que la autopsia hace conocer. Las leyes civiles, en los dos primeros casos y las pe- nales, en los tres, reconocen la no viabilidad de los re- eien-nacidos, declarándolos sin los derechos de los que nacen viables. Fundándose en estas disposiciones lejis- lativas, dicen Carnet y otros autores, que no reconocien- do las leyes la vida en los no viables, al arrebatar la cor- ta existencia que tienen, no se incurre en el crimen de homicidio y mucho ménos en el de infanticidio. De ma- nera que, estos desgraciados seres, por el mero hecho de haber nacido sin las condiciones de viabilidad, son cruelmente desamparados por las leyes, sin garantía al- guna, dando ancho campo, para que se cometan accio- nes que chocan con la moral y la dignidad humana. Yo comparo á un niño no viable, pero que aún esté Vivo, con un. enfermo que está con los últimos estertores de la agonía; es decir, que en ambos casos, la muerte es inevitable. Ahora bien: si al moribundo se le clava en el pecho un puñal, que le quite los cortos momentos de vida que aun le quedan, ó si llega á este mismo resulta- do empleando una sustancia tóxica, la estrangulación ó cualquier otro medio. ¿No se ha cometido un crimen de homicidio? Y si la comparación, que me he permitido hacer, merece vuestro asentimiento ¿No es igualmente criminal el acto de ultimar la efímera existencia de un niño no viable? Creo, pues, Señores, que es un atenta- do contra la vida, por corta que esta sea, y que siendo un acto que rechazan las leyes naturales y repugna el sentimiento del hombre, las leyes juridico-penales, deben acordar un severo castigo á sus autores. Salvo que pu- diera probarse, que una junta de médicos ó un solo fa- cultativo siquiera, ante la necesidad de salvar la vida de la madre, hubiese resuelto sacrificar la del niño, pues, en semejantes circunstancias es deber del hombre de ciencia, salvar la arraigada y segura existencia de la par- turienta, sacrificando la vida de su naciente hijo, que aun no se sabe si será viable. IV. Aun cuando la intervención del médico-legista, no se estiende hasta la apreciación de las leyes, creo oportuno recordaros el notable vacío que se siente en nuestro Códi- go Penal vigente, pues, la única disposición (art. 242) que sobre la materia existe, solo impone como el mas severo castigo, la pena de cárcel en quinto grado á la muger de buena fama, que por ocultar su deshonra mata á su hijo en el momento de nacer. Y aun en este caso no se trata del infanticidio propiamente dicho, puesto que el niño en el acto de su nacimiento aun no ha llegado á la vida extra-uterina. Hay pues, deficiencia en la Ley. El amor materno es reputado por todos como el mas grande y el mas noble, y si este sublime sentírqíqnto del corazón humano se sacrifica, para arrebatar la vida del inerme y débil fruto de sus propias debilidades; ¿Qué cas- tigo merece el autor de tan horroroso crimen, sino el mismo que el de un parricida, cuando menos? Yo creo que solo así la Sociedad no presenciaría con tanta fre- cuencia semejantes escándalos. Para concluir, Señores, os suplico una vez mas, que disculpéis los vacíos que habéis notado en este trabajo, desprovisto de todo mérito; pues, no es posible tratar con la estension necesaria, en los estrechos límites de una tésis, las importantes cuestiones médico—legales que se desprenden de la cuestión infanticidio. Lima, Octubre 10 de 1879, losé Jlantos UiMon. Y°. B°. #ímcQola.