Tllllí MBS DE 1877. ESTADO DE LOS CEMENTERIOS IDE] I_iA_ HABANA POR EL DR. D. AMBROSIO GONZALEZ DEL VALLE VOCAL DE LA JU\TA DE CEMENTERIOS. AÑO VIII IMPRENTA MILITAR DE LA VIUDA DE SOLER Y COMPAÑIA CALLE DEL RICL-A NUMERO *4-0, MD000LXXVI1I TABLAS WHARIAS ■ DE 1877. ESTADO DE LOS CELENTERIOS DE LA ZE32_A_ZB_A_JST_A_ POR EL DR. D. AMBROSIO GONZALEZ DEL VALLE VOCAL DE LA JU\TA DE CEMENTERIOS. AÑO VIII zexjl IMPRENTA MILITAR DE LA VIUDA DE SOLER Y COMPAÑIA CALLE DE RIOLA NUMERO 4-Q. MDCCCLXXVII1 CEMENTERIOS DE LA HABANA. inconveniencia y perjuicios actuales del Cementerio de Espada. - Paralización del nuevo de Colon desde 1875.-Proyecto del nuevo campo mortuorio en Madrid. -Unánime opinión acerca de la abolición de nichos.-Juicio sobre la cre- ' macion. ADA dia que pasa se significa más la deficiente capacidad del Cementerio de Espada para atender debidamente al servicio sepulcral de la población, por estar todo ocupado de restos y cádáveres; y ya se comprende que, para suplirla, se solicite con afan la anticipación del plazo legal para adquirir el mis- mo lugar con nuevas inhumaciones, y tal vez venga de aquí el no guar- dar las esperas reglamentarias para las prórogas, y que se transfieran los títulos de las sepulturas, mediante precios exagerados, á personas extrañas á las familias propietarias á pesar de terminantes disposiciones que prohíben todo lucro ofensivo á la moral pública (1). Y téngase en cuenta que por circunstancias actuales de localidad, aquel sitio, á con- tinuación del hoy poblado barrio de San Lázaro, carece ya de una de (1) Regla 13 de la R. O. de 28 de Abril de 1866 vigente en la Isla.-V. La Gaceta de Junio 26 del mismo año, el Auto episcopal de 17 de Noviembre de 1853, T. Obituarias de 1871 y el art. 26 del Reglamento de este Cementerio de 1857. (Epoca del Sr. Fleix y Solans.) 4 las condiciones higiénicas más indispensables para asilo solitario consa- grado al eterno descanso de los que fueron. Allí vá desapareciendo el imponente silencio de las tumbas; la po- blación ha ido rodeándolo de casas y habitaciones; los vivos y los muertos se hallan á muy pocos metros de distancia ó muros de por me- dio; los séquitos fúnebres pasan rozando por los bailes, festines y músi- cas, por entre máscaras bulliciosas del Carnaval, y' las carcajadas y con- versaciones del vecindario y transeúntes, ó canción alegre al son del piano ó guitarra todo, todo se mezcla con la oración y el sollozo del que visita la sepultura de una persona querida Y más que el responso y preces del sacerdote, se oyen las descompasadas voces de petulantes pregoneros. TABLAS OBITUARIAS DE 1877 Por estas razones todo el vecindario vuelve la vista con ansia al Ce- menterio de Colon, ubicado en lugar mucho más adecuado al objeto que el de Espada, v lamenta la interrupción que aún experimentan sus obras, suspendidas desde el año de 1875. Dos años transcurridos desde entonces, son más que suficientes para vencer cualquier dificultad que á su progreso haya podido oponerse. Si nuestras noticias son exactas-y acaso no falta razón para creerlo así-se han evacuado ya cuantas consultas ilustrativas se estimaron convenientes para decidir la cuestión que surgió por la necesidad de res- cindir las contratas del primer lote de la circunvalación y otros deta- lles del segundo de dicho campo mortuorio comenzado á construir; pe- ro, sean cuales fueren las causas de la paralización, nada hay que la disculpe ante el imprescindible apremio de tener expedito el Cemente- rio nuevo en el cual, de consuno, están interesadas, la religión, la higie- ne pública y el deber de dar inescusable reposo dia por dia á los que nos precediesen en esta vida de tránsito y de prueba. Ya en el año de 1873, ante los temores de lo que vino dos años des- pués á convertirse en tristísima realidad, que hoy tocamos, nos expresá- bamos en los términos siguientes: Ingrata expectativa! de que muy en breve se paralicen las obras por carencia de recursos, sumiéndose los so- brantes de los ingresos en obras actualmente inútiles; deplorémoslo, si- quiera sea para que al renovar otro dia la gestión del asunto, se obedez- ca á un plan de indeclinable cumplimiento (1). Hé aquí explicada la causa de nuestro prudente silencio: pero ya (1) Tablas Obituarias-1873, p. 10. que corresponde á la autoridad pública el fijar las bases seguras para la continuación de las obras por la indiscutible urgencia de cerrar el Ce- menterio de Espada, consentido solamente por la historia accidentada del de Colon, es tiempo ya de utilizar en .lo posible la parte hasta aho- ra construida, elevando nuestra débil voz hasta donde valga, para dar impulso á la marcha del expediente promovido sobre la rescisión del contrato del Cementerio, cuya construcción cuenta más de veinte y tres años, á fin de que cesen de una vez, y para siempre, cuantos obstáculos se han venido oponiendo desde el principio á la cumplida realización de un proyecto tan preconizado. CEMENTERIOS DE LA HABANA 5 Y ya que de cementerios se trata, creemos oportuno hacer mérito de un proyecto de igual naturaleza que en Madrid se viene agitando de algún tiempo á esta parte, para erigir en la capital de la Monarquía una gran mansión destinada al reposo eterno de los muertos, con todas las condiciones necesarias que dictan la higiene públic, la comodidad y el decoro que deben tener los cementerios. La opinión se muestra unánime respecto á la dignidad del pensa- miento; en lo único que aparece alguna divergencia, es respecto al sitio en que la necrópolis debia construirse, y según las noticias de La Epo- ca, correspondiente al dia 3 de Setiembre último, se proyectaba ahora en el término de Vicálvaro. El Ayuntamiento de Madrid, hasta Noviembre, abre concurso para la realización de la obra, y ofrece como aliciente á los autores del mejor proyecto-lo mismo que se hizo acá cuando el de Colon-ofreciéndose tres premios de 5,000, 4,000 y 3,000 pesetas respectivamente. Con ese motivo se ha acogido la idea de que los nichos desaparezcan en lo sucesivo, áun cuando se mortifique sin razón-dice La Epoca- la incomprensible vanidad de las personas que se creerían despreciadas en su recuerdo, viéndose enterradas del mismo modo que los pobres y familias de modesta posición social.» Ante la tumba desaparecen todas las gerarquías: todos son perfec- tamente iguales. Fundados en tan cristiano principio que, en el comer- cio de la vida, pueden los hombres olvidar; pero que subsiste siempre, apenas se traspasa el dintel de este mundo; y esta es la idea que veni- mos defendiendo desde 1867, la que ha sido acogida en la capital de la católica España al decir de aquel periódico. Oigamos, pues, á La Epoca en este asunto. Dice así: .«Hoy el arte funerario se ostenta en los cementerios, no muchas veces con aquel 6 decoro, gravedad y majestuoso aspecto que se merece el recuerdo de los difuntos. No condenaremos nunca la expresión artística del dolor y cariño, simbolizados por una cruz, una corona y unas luces, como com- plemento externo de las preces que los católicos elevamos al cielo, por el alma de las personas que nos dieron el sér ó un inolvidable afecto. Se ha llegado á abusar tanto del aparato fúnebre, especialmente en el dia de los difuntos y sus no muy piadosas romerías, que sufre y se indigna el recto ánimo contemplando fotografías, floreros, dijes y multitud de caprichosos objetos mundanos, con los cuales se proponen embellecer, sin gusto alguno, la lápida de los nichos, poetizada además con extem- poráneos y laudatorios versos, brillando también por su ausencia, el sentido común y la pura habla castellana. Las inscripciones cuanto más sencillas y modestas sean, tanto más elocuencia tienen é inspiran pro- fundo respeto.» TABLAS OBITUARIAS DE 1877 «Es preciso propagar que el sepelio, la tumba más propia, humilde y cristiana, debe hacerse en el suelo; igual para todos; asi como en vida lo somos ante la ley, la religión, la justicia y la caridad que ordena amemos al prójimo, socorriéndolo en sus miserias de cuerpo y espíritu. Este principio general de igualdad subsiste en el fondo, á pesar de las diversas formas que las clases sociales puedan dar á sus obras, tanto para el desarrollo de la vida, como para guardar en el seno de la tie- rra los restos mortales de la humanidad. El mundo tiene justas y lau- dables exigencias, aún después de la muerte, para manifestar su admi- ración, entusiasmo y respeto, por ejemplo, á los grandes hombres que en vida prestaron eminentes servicios á la humanidad, ya por los des- tellos del génio en sus varios caractéres, ó ya por los resplandores de una inmaculada virtud y heroísmo. Entonces las bellas artes, la arqui- tectura, pintura y escultura, deben presentar sus más bellas formas y gallardas proporciones, para ostentar digna y severamente la gloria que anuncian los más célebres monumentos sepulcrales.» Ocúpase también La Epoca, aunque incidentalmente, de otra idea que, aunque de muy antiguo practicada entre los paganos, va ganando terreno en Europa y otras partes, al extremo de irse planteando en el extranjero. Nos referimos ála cremación, en favor de la cual se lia pro- nunciado la opinión de los sabios de Inglaterra, Alemania, Francia y los Estados Unidos de América, algunos de cuyos gobiernos le prestan ya su apoyo manifiesto. Sin que sea nuestro objeto al tratar de cuestión tan importante, CEMENTERIOS DE LA HABANA 7 opinar acerca de ella más de lo que en otra ocasión expusimos, diremos únicamente, que no existe motivo de ninguna especie para no admitir la cremación bajo el punto de vista higiénico y con los nuevos aparatos con que hoy la ciencia reduce prontamente á cenizas el cadáver, sino al contrario, para preferirla al enterramiento, con todas las consecuencias que trae consigo la pútrida descomposición gaseosa de los cadáveres reunidos y que ejerce sobre la salud pública, especialmente donde la poca previsión no ha colocado los cementerios en los lugares más á pro- pósito, por sus condiciones geológicas y físico-químicas, su aislamiento y ventilación, y donde, lo que es muy común, no se observan rigurosa- mente los preceptos de policía cementerial, como opinó en Paris en el último debate el' profesor Bouchardat; pero la idea, por más aceptable que aparezca á primera vista álos ojos de la ciencia y de la salubridad pública, siempre habrá de luchar cuando no respetar sentimientos arraigados en la tradición y en las costumbres establecidas. TMox-t«,llel.fxc3. mensual y estacional por enfermedades. 1877. INVIERNO. PRIM AVER A. I - ESTIO. OTOÑO. -II CAUSAS DE DEFUNCION. Enero. Fbro. Marzo Suma. Abril. Mayo. Junio. Suma. Julio- Agio. 8b re. Suma. Obre. Nbre. Dbre*. Suma. Total. Antrax 1 1 1 2 11 2 Beriberi 1 1 4 1 5 Cólera esporádico 1 1 2 1 1 20 2 22 24 1 1 5 Idem infantil 12 16 25 53 14 21 55 14 60 10 7 4 21 189 Diarrea de paises cálidos 46 37 25 108 36 25 42 103 93 138 146 377 167 152 135 454 1042 Difteria 5 3 2 10 6 5 2 13 3 1 1 5 5 2 7 14 42 Disentería 8 19 20 47 15 13 17 45 20 19 30 69, 33 24 20 77 238 Eclampsia infantil 4 5 4 13 á 5 3 1 5 3 3 11 6 5 6 1.7 50 Escarlatina 1 1 1 143 1 249 285 234 1 185 76 3 Fiebre amarilla 8 9 11 28 8 16 167 768, IbO 411 1374 Idem biliosa 5 1 5 11 4 1 8 13. 4 8 6 18 6 12 3 21 63 Idem palúdica 22 18 18 58 22 24 32 78 29 56 44 129 40 25 29 94 359 Idem tifoidea 11 9 10 30 . 9 14 23 46 38 28 24 90 16 17 12 45 211 Enfermedades del hígado 15 17 23 55, 13 27 18 58 15 17 23 55 21 26 23 70 238 Meningitis 20 25 23 •6?1 21 29 30 80, 33 32 29 9E 25 13 10 48, 290 Muermo 1 1' 1 1 5 2 1 2 4 7| 1 1 2 12 Muerte repentina 2 3 3 8 2 1 8 9 5 3 17 3 6 3 12 45 Neumonía 18 23 20 611 24 20 31 75 29 32 18 79. 12 13 28 53 268 Parto, y fiebre puerperal 1 3 6 10 1 5 4 10 4 4 2 io¡ 1 4 3 8 38 Tétano en adultos 4 5 3 12- 7 2 8 17 3 1 7 n 4 4 5 13 53 Idem infantil 36 15 32 83' 30 34 38 102 41 42 36 119 40 40 23 103 407 «Tisis ' 170 127 169 466 144 132 135 411 137 154 137 428 150 128 164 442 .1717: Viruelas 4 2 6 12 6 4 4 14 9 9 51 23 . 7 6 35 48 9tf Tos ferina'. 1 3 2 3 5 1 1 2 2 1 1 4 14 Pénfigo 1 1 2 Longevidad 1 1 2 1 233 1 2 325 2 1 1 2 4 De otros males y enfs. crónicas.. 293 269 275 837 235 2Ó7 725 334 298 957| 287 299 309 895 3414 Sumas 686 609 686 1981 607 615 819 2041 1080 1164 1094 3338 1021 936 900 2857 10217 Promedio diario, mensual, estacional y anual... 22'13 21'75 22'13 22'00 20'23 19'84 27'30 22'45 1 34'84 37'55 36'46 36'28 32'94 31'20 29'03 31'05 28'00 comparadas ALTAS Y BAJAS con las estaciones respectivas del año de 1876. 1877. Invierno Primavera. Verano. Otoño. S. el año. enfermedades. Más Ménos Más Ménos Más Ménos Más Ménos Más Menos Antrax 1 1 12 2 Beriberi 1 2 4 7 Cólera esporádico.... 2 9 1 2 1 Idem infantil 10 .... 25 284 7 33 Diarrea 38 3 9 2 322 653 Difteria 18 6 1 Disentería 6 38 29 9i Eclampsia infantil... 5 5 1 5 1 4 Escarlatina , ¡ 2 319 3 245 Fiebre amarilla 49 261 254 20 Idem biliosa 5 4 1 10 Idem palúdica 1 42 32 68 ■Idem tifoidea 6 1 40 14 49 Hidrofobia 1 58 1 Enfermedades def hígado ... bb 70 238 Meningitis 7 .... 3 7 17 Muermo .... 1 1 4 3 1 Muerte repentina .... 1 27 1 1 2 3 Neumonía 9 10 26 34 Pénfigo 3 2 Parto y fiebre puerperal... 3 J 1 4 5 sarampión 5 1 1 9 Tétano en adultos.... 4 4 Idem infantil 7 2 5 15 12 1 Tos ferina 3 5 2 2 físis 38 29 12 84 9 11 41 6 33 63 Viruelas Longevidad 1 1 3i 1 -J 5 De otros males 92 56 139 81 312 56 Suma.... 265 137 132 423 670 273 938 77 1533 438 A LO | cu vi co CQ OI s O co | CO I - ls co co CQ CO I LO O " Nj A A cq h r-< 1 <N 0 01 Ob T-< M « < 7 s + + + + tí o • CQ : 0 • CQ : 0 : 0 • «2 : 0 • CQ : 0 «2 tí 'tí '<X> CQ tí CQ tí 'tí VD CD tí 'tí '<X> ce tí 'tí 'O s b S 2 a a a a g g 8 8 d) di 03 Cf) O <X> Id A QQ 00 QM Mortandad de la tisis en las dos razas. RAZA. Invierno. Primavera Verano. Otoño. Suma. Blanca 332 292 314 313 1251 De color 134 119 114 129 4 >.)6 Suma 466 4114 428 442 1747 NOTA.-Los guarismos más negros indican las enfermedades que hato aumentado la mortandad. Las del hígado forman altas por empezar á figurar en el presente año\ Procedencia de los fallecidos comparada con el año de i 876. PARROQUIAS, HOSPITALES, &c. Enero. fe c3 S Mayo. sa =3 =3 Agosto. Setiembre. Octubre. Noviembre. Diciembre. + • s g Diferencia- Catedral 8 9 6 4 10 14 16 6 11 10 12 113 88 25 Espíritu Santo. ; 25 12 25 27 38 24 33 47 39 44 17 36 36 409 400 9 Santo Cristo 14 13 17 14 12 17 41 18 21 8 22' 218 243 25 Santo Angel 20 6 17 16 14 10 13 23 16 17 11! 171 196 25 Jesús María 43 53 65 51 55 50 62 53 44 50 481 54' 628! 639 11' Guadalupe 52 41 63 55 59 63 72 80 54 56 39, 688' 716 28 1 Pilar 36 38 51 42 41 59 52 37 47 49 38 40 530 507! 23 Jesús del Monte 35 25 42 22 38 44 31 34 20 18 27 19' 355 391' 5821 36 San Nicolás 54 52 44 44 52 51 65 60 55 52 42 44' 615; 33 Monserrate 88 81 84 75 92 77 108 109 113 97 95 89 1108, 1077 31 Cerro 25 20 30 17 25 16 20 14 13 17 17 22 236 225' 11 Casa Blanca 2 1 4 3 5 6 8 12 7 3 3 59 47 12 Mordazo 5 2 5 7 4 6 4 9 4 7 3' 59 72 13 Monasterios de Monjas 3 Capellanías Castrenses 2 1 5 1 3 1 2 2 11 18 12 6 Hospital Civil de hombres 88 80 83 81 72 88 78 111 100 103 94 112 1090 1168 78 Idem de mujeres 22 23 28 18 16 30 31 27 19 18 21 23 276 288 12 Idem de militares 143 115 93 100 79 244 429 382 421 377 370 325 3078 1684 1394 Idem de San Lázaro 2 1 1 1 1 2 0 10 18 8 Beneficencia y Maternidad 4 8 4 3 5 7 5 8 6 5 K 10 70 62 8 Casas de Salud 21 14 15 11 12 11 33 102 90 68 38 33 448' 671 223 Consulados 1 1 12 2 2 2¡ 20 3 17 Policía 1 2 1 2 2 2 2 2 2 2 18 30 12 Sumas 686 609 686 607 615 819 1080l1164 1094 1021 936 900 10217 9122 1569 474 Id. de 1876 624 569 660 631 740 961 1384 857 700 646 637 713 9122 Diferencias + 62 + 40 + 26 -24 -125 -142 -304 +307 +394 +375 +299 + 187 + 1095 | +1569 -474 Mortalidad clasificada por razas y condiciones. -^x<*** 1877. Libres. Esclavos. o c¿ p p Cdn. ignorada. Mi: s Blancos- Asiática. Mulatos. Negros Mulatos Negros, £ Mulatos. Negros. Enero 479 21 53 98 6 16 1 12 Febrero 435 17 53 74 4 17 1 8 Marzo 470 27 62 96 2 21 1 7 Abril 421 28 52 85 1 10 1 1 8 Mayo 397 21 68 101 4 13 11 Junio 594 22 62 105 1 15 4 16 Julio 854 27 64 102 7 16 1 9 Agosto 946 37 61 93 2 13 4 8 Setiembre 901 25 42 95 1 12 1 17 Octubre 824 23 42 98 1 16 1 4 12 Noviembre .. 756 18 43 89 1 11 4 14 Diciembre 695 26 44 93 2 23 3 14 Sumas.... 7772 292 646 1129 32 183 3 24 136 Por razas edac y sexo. 1877. RAZA BLANCA. RAZA DE COLOR. M S I'I S . Adultos. Asiática. 1 Adultas. Pvulos Pvulas. Adultos. Adultas. Pvulos. Pvulas. Enero 295 21 68 59 57 ( >0 72 35 19 Febrero 260 17 73 54 46 4 16 58 37 18 Marzo 23a.. 27. 96 72 63 52 74 40. 23 Abril 233 28 ~ ~~~72 72 44 4 16 56 28 28 Mayo 205 21 66 62 64 F >1 71 41 34 Junio 377 22 67 85 65 1 f >4 68 42 29 Julio 614 27 99 69 '72 ■ 13 79 43 33 Agosto 674 37 97 87 8S 10 74 31 36 Setiembre 695 25 78 74 54 50 67 28 23 Octubre 628 23 88 55 5í 55 62 29 28 Noviembre 582 18 70 62 4c 52 64 27 18 Diciembre (1) 516 26 87 60 32 53 63 26 27 Sumas... 5318 292 961 1811 682 622 808 407 316 Cuadro particular de la diarrea y disenteria en el quinquenio. SUMA AÑOS. 1373. 1874. 1875. 1876. 1877. del quinquenio. ESTACIONES. Diar? Dist? Diar? Dist? Diar? Dlst* )iar? Dist? Diar? DÍSt? Diar? Di»t? Invierno 91 41 49 46 62 28 70 41 108 47 38( ) 203 Primavera ... 35 21 57 26 87 22 94 27 103 45 37( 141 Verano 29 31 94 41 94 47 93 31 377 69 68 219: Otoño 29 41 70 32 101 18 132 48 454 77 78( 216' Sumas... 184 13z 270 145 344 115 389 147 1042 238 2229 779 (1) En la columna respectiva se han incluido dos mulatos, mellizos, fallecidos el dia 8 de Diciembre pocas loras c espues de nacidos. Tabla comparativa de la procedencia de la fiebre amarilla. 1877 1876. PROCEDENCIAS. Invierno. Primar? Verano Otoño. Suma. Suma. Diferencia Casas de salud 7 164 104 9 75 455 -180 ,-Ho initales Militares 21 153 456 177 _8O7 715 + 92 i Id. Civil de hombres. 3 46 46 EJD Uc 33 Id. de mujeres...:.... 3 1 4 K 9 De domicilio 7 4 99 83 193 30S -115 Sumas 28 167 768 411 13 74 1619 -245 Clasificación d e los fallecidos por su naturalidad y raza. 1 ■ 1 » 1877. ESES. O_£ "5 es c/> a. <x> c O Irt- as c o-a. LjJ Idem nacidos ei esta Isla. ídem nacíaos e las Canarias. «ó o o o oT D >< peos y amenca nos. Naturalidad noex presada. Mulatos. o bb z SUMA. Enero 218 226 18 21 14 3 60 126 686 Febrero 194 206 24 17 8 3 58 99 609 Marzo 170 256 32 27 9 3 64 125 686 Abril 172 220 16 28 9 4 54 104 607 Mayo 138 226 19 21 13 1 72 125 615 Junio % 316 250 15 22 10 3 6/ 136 819 Julio 531 279 23 27 15 6 72 1 27 1080 Agosto 570 297 34 37 37 8 67 1 Id 1164 Setiembre 593 218 34 25 42 14 44 124 1094 Octubre 565 202 26 23 29 2 47 127 1021 Nnviembre 498 198 34 18 26 48 114 936 Diciembre 441 208 22 26 20 4 49 130 900 Sumas... 4406 2786 297 292 232 51 7 02 1451 10217 Clasificación por sepulturas j cementerios. SEPULTURAS Y CEMENTERIOS. o a 5=3 Abril. Ó ctí o Julio. Agosto. Setiembre. = Noviembre s TOTAL. Espada ' En nichos... En bóvedas 52 47 67 38 39 43 58 64 55 55 39 > 1 611 4 5 4 6 6 6 6 6 2 3 1 54 En J . del Monte 1 1 1 3 G? de Tobías ... 1 LO 8 3 2 10 15 15 9 7 9 95 g M.tos y Criptas.. 1 1 2 102 2 6 Tramo 3? 101 10 115 10o 99 128 145 130 143 134 124 1406 Campo común... 70 71 68 37 76 67 80 82 83 85 81 1 889 - Coro de Angeles 152 129 164 148 175 182 1 7 5 198 154 145 129 113 1864 s Cpo. de limosna 293 247 238 224 197 393 593 620 625 563i 528 5' 2 5033 C.de Angeles id. 12 L6 13 22 15 17 18 21 16 13 10 20 183 T.mo ptes.ypag. 1 2 8 2 3 2 7 1 2 18 7 4 7 73 Sumas 686 609 686 607 615 819 1080'1164 1094 1021 936 900 _10217 | Proporción de la -- TABLAS DE PROPORCION enferme- - mortandad general con la poblacior dades con ambos elementos y de algunas POR 1000 F. amarilla. 1 Diarreas. ' Tisis. Tétano infantil W 5= i Fallecidos ' 1374 1042 1747 407 O -4 Propn. con la población....| 5'49 4'16 6'98 1'62 rt ya Idem con la mortandad....! 134'48 101'98 170'98 39'83 MORTALIDAD i Mortalidad media de la tisis i comparada con la mortandad general media del quinquenio, i comparada con otros países. y con otros países. Relación por § .22 S -'<1 « LOCALIDADES. 1000 habs. ESTACIONES. .« Ja 'O Habana (1) 28'5 Invierno 398 2179 1261 1000 2246 Madrid 42'5 Primavera 371 2243 1532 809 2323 Barcelona 39'4 Verano 385 1896 93 1 942 1933 París 23'2 Otoño 392 2081 872 879 2208 22'3 New York 27'9 Sumas... 1546 8399 459 3 3630 8710 30'6 Viena 32'7 Proporción por 100.. 17'14 16'3 25'5 14'0 11'8 [1] Con esclusion de los de tropa fallecidos en los hospitales militares procedentes la mayor parte de campaña con dia rreas y disenterias palúdicas, etc. Máxima y mínima de defunciones. Máxima ...55-el 31 de Agosto. | Mínima 11-el 11 de Abril. jyFetos nacidos y extraídos muertos en diferentes periodos de su desarrollo, clasificados por razas y sexos. BL ■ ANCOS. MULATOS. NEGROS- SUMAS. Q¿ 22 o • 22 no éx- odo de feto S a o /ÑOS. J a S § 2 s s£|e s M co sí M « S CQ tS o «■> es CZL! Er-< 1873 21 21 ' 42 9 10 12 17 11 22 47 42 76 165 1874 35 26 37 8 4 8 14 8 20 57 38 65 160* 1875 19 10 17, 12 4 10 10 7 8 41 21 35 97, 1876 31 23 43 5 7 13 10 17 38 46 47 94 187, 1877 31 47 37 10 10 11 18 8 18 59 65 66 190 Sumas,,, 137 127 176 44 35 54 69 51 106 250 213 336 799 8. los blancos,,. 440, 8. los mulatos.. 133i 8. Ls negros, i , 226 SUMA IGUAL 799 Entre los fetos nacidos muertos hay consignados dos gemelos blancos del sexo femenino el dia 29 de Julio de 1877, según atestado del Ldo. D. Juan F. Prieto, y otro de tres expulsados, de la misma raza y sexo, el 29 de Noviembre del mismo año según certificación del Ldo. D. Antonio J. Romay, y uno de raza asiática en Diciem- bre 16 según atestó el Ldo. D. Francisco Obregon y Mayol. MUERTES REPENTINAS. (1) E algún tiempo á esta parte se repiten, con extraña frecuen- cia, los casos de muertes repentinas, debidos unas veces á causas naturales, y otras á causas traumáticas (heridas, golpes, caidas, etc.), y ésto me impulsa á señalar un vicio de procedimiento seguido en tan desgraciados accidentes, vicio de fatales consecuencias, y que merece, por más de un concepto, fijar la atención. Llenos están los anales de la ciencia médica de repetidos casos de inhumaciones verificadas por muerte aparente, y tantos distinguidos fisiólogos é higienistas como sabios legisladores estudian las precau- ciones que deben adoptarse para impedir estos involuntarios errores, de resultados tan horribles. En Madrid sucumbe una persona, víctima de una enfermedad cual- quiera: el médico encargado de su asistencia certifica la defunción, y á pesar de este certificado facultativo, un médico forense reconoce el ca- dáver antes de proceder á darle sepultura. En las muertes naturales vemos que en el espacio de pocas horas dos (1) Este notable artículo que hemos leido en un periódico de Madrid, nos ha dispensado el trabajo de escribir el que teníamos preparado sobre la práctica intro- ducida de mandar depositar en el Cementerio de Colon los cuerpos de los que al parecer han fallecido repentinamente en viviendas y calles; olvidando el cuidado indispensable de prestar los prontos y debidos socorros facultativos al que desgra- ciadamente haya caido en muerte aparente: 22 TABLAS obiTuarias DE 1877 hombres de ciencia acuden á certificar de la verdad del caso. ¿Qué suce- de en las llamadas muertes repentinas, más que las naturales expuestas á equivocaciones? Se reunen también dos... guardias de arden público, que por su propia autoridad y con arreglo á sus conocimientos científi- cos, declaran que un sér ha dejado de existir, depositan sobre el verda- dero ó supuesto cadáver una espada para que nadie sea osado á tocar allí, y mientras uno queda custodiando el cuerpo inerte en medio de la vía pública, marcha el otro á dar parte del suceso al juzgado de guar- dia. Trascurren á veces dos ó tres horas antes que las múltiples aten- ciones del juez le permitan acudir; llega, no siempre acompañado de un médico, y con arreglo, no á sus conocimientos científicos, sino al proce- dimiento vigente, dispone la traslación de aquel cuerpo al depósito de un cementerio. Después de identificada la persona y de instruir las pri- meras diligencias, se procede á la autopsia y la inhumación. Aunque en estos casos exista la seguridad de no dar sepultura á un cuerpo vivo, ¿no cabe también en lo posible que por falta de socorros oportunos se haya convertido en muerte real, lo que en un principio fuera solo apa- rente? ¿Existen, por ventura, signos exteriores exactos de una muerte cierta? Ya trataré más adelante esta cuestión. Si hay estados ó enfermedades que pueden confundirse con la muer- te, nada más fácil que un enfermo sucumba por falta de auxilios, tendi- do tres ó cuatro horas en las frias y duras piedras de la vía pública, expuesto á todas las inclemencias del cielo y abandonado sobre la tie- rra, ó bien olvidado uno y otro dia en el mísero y yerto rincón de un cementerio. Y nada significa, seguramente, que un médico forense acompañe al juez al llegar al sitio del suceso, porque puede el enfermo haber sucum- bido ya, y porque en muchos casos no basta para cerciorarse de la reali- dad de la muerte con un exámen superficial, hecho por encima de las ropas. Ha sucedido más de una vez, que expertos comadrones, asistiendo partos difíciles, han creído que había dejado de existir la parturienta, y al practicar la operación cesárea, han visto con asombro inequívocas señales de vida en aquella madre que creían muerta. Si hombres de ciencia incurren en tan lamentables errores, calcúlese el número de equivocaciones y de desgracias á que puede dar lugar el vicio de pro- cedimientos á que hago referencia, abandonando horas y dias enteros al desdichado á quien juzga muerto un dependiente cualquiera de la au- toridad. Bichat, que divide la vida en orgánica y animal, dice: «La cesación de los fenómenos orgánicos, es un seguro indicio de la muerte general; MUERTES REPENTINAS 23 pero no puede decidirse de la realidad de ésta sino después de este da- to, pues la interrupción de los fenómenos exteriores es casi siempre una señal infiel.)) Bouchardat se expresa en los siguientes términos: «Signos de la muerte: «Falta de circulación y respiración, rigidez cadavérica, frente arru- gada, ojos hundidos, nariz puntiaguda y rodeada de un círculo mora- do, sienes deprimidas, labios caldos, pómulos salientes, barba contraida, color de la piel plomizo, en las pestañas y pelos de las narices un pol- villo blanco-amarillento, opacidad y flaxidez de los ojos, frió glacial, insensibilidad completa á las cauterizaciones, incisiones, etc. «Estos signos no tienen valor sino cuando están reunidos, y áun en- tonces no deberá decidirse, sino con reserva, el facultativo llamado á declarar, porque la falta de circulación, de la respiración y la rigidez cadavérica, que son las señales de primer órden, pueden engañar si no se examinan lo bastante. Solo la putrefacción general es el signo infalible de la muerte; pero es preciso no confundirlo con la gangrena parcial. «Más recientemente la Academia de Ciencias de París acaba de pre- miar una obra del Dr. Josaf, cuyo título es de la morí et de ses caracte- res, en la que establece el autor que solo la descomposición cadavérica es el medio de asegurarse de la muerte de un modo absoluto.)) No me extenderé en examinar los estudios practicados por Rover y otros ilustres médicos, tanto franceses como alemanes, porque no es mi ánimo escribir un artículo científico, sino llevar al de todos el conven- cimiento de la urgencia con que los adelantos modernos reclaman una reforma en estos procedimientos médico-legales. Entre las enfermedades que pueden producir un estado que fácil- mente se confunda con la muerte, tenemos, en primer lugar, la catalep- sia. Se da este nombre, según Georget, á una enfermedad intermitente, que acomete por accesos, y se manifiesta repentinamente por la supre- sión más ó ménos completa de la sensibilidad y de la inteligencia, y por la contracción tetánica, general ó parcial, del sistema muscular. -Entre los síntomas, debo llamar la atención sobre los siguientes: en ocasiones se ha observado que los latidos del corazón eran tan débiles, que apenas se podían percibir, y lo mismo se ha notado con la respira- ción y las funciones escretorias. La temperatura de las diferentes par- tes del cuerpo se modifica notablemente: algunas, y á veces todas, se encuentran heladas. Iguales ó parecidos fenómenos pueden producir el éxtasis, la asfixia, el síncope, el sonambulismo, y á veces el histerismo. La duración del ataque cataléptico varía entre algunos minutos y 24 tres 6 cuatro horas. Aecio ha observado un joven que permaneció tres dias en el acceso. Las enfermedades señaladas son susceptibles de curación, pero to- das ellas pueden, abandonadas á sí mismas, producir la muerte. Vemos, por lo que antecede, cuán fácil es incurrir en error: conven- cidos de ello los legisladores, toman precauciones para impedir que se dé sepultura á cuerpos vivos, caso ántes frecuente; ¿que razón existe bastante poderosa para que no se adopten las medidas necesarias á evitar que por falta de auxilios sucumba algún desgraciado que, en apa- riencia muerto, podría recobrar .su salud con los oportunos socorros de la ciencia? El procedimiento que hoy se sigue, nacido de la ignorancia, es vi- cioso, inmoral y poco caritativo. La reforma es urgente, el remedio fá- cil, y por más que no sea yo el llamado á indicar este remedio, habré de apuntarlo en otra ocasión, ya que he señalado el mal, pues no será esta la última vez que me ocupe de este y otros asuntos que, á pesar de su importancia, yacen en inexplicable olvido entregados á una vergon- zosa rutina. V. M. de la T. TABLAS OBITUARIAS DE 1877 Madrid, Noviembre 9 de 1877. LEGISLACION. Edicto del Sr. Espada, de Febrero 3 de 1806, prohibiendo terminantemente todo enterramiento fuera del Cementerio que construyó. NOS DON JUAN JOSEPH DIAZ DE ESPADA Y LANDA, POR LA GRACIA DE DIOS Y DE LA SANTA SEDE APOSTOLICA OBISPO DE LA HAVANA, DEL CONSEJO DE S. M. ETC. Habiendo mandado por nuestro Reglamento de Cementerio General de dos de Septiembre del año pasado de mil ochocientos cinco, leido en quatro Domingos siguientes, y fixado en todas las Iglesias, autorizado y confirmado por este Superior Gobierno por otro igual respectivo, dado en continuación por el Señor Presidente, Gobernador y Capitán Gene- ral el Señor Marques de Someruelos; que verificada la bendición de dicho Cementerio, ninguna persona Eclesiástica (y ahora añadimos Se- cular ó Regular, para mayor claridad, menos las Religiosas, por ahora, por las consideraciones del artículo quinto) ó layca, de cualquiera cla- se ó dignidad que sea, podrá enterrarse en las Iglesias, según el artículo primero, ni en las Ermitas, Capillas, Oratorios, públicos ó privados (y añadimos ahora, también para mayor claridad, ni en bóvedas particula- res ni comunes), ni generalmente en sitio alguno fuera de dicho Cemen- terio, conforme al artículo quarto, después que, según en él se expresa, lo hubiésemos bendecido con las ceremonias de Rito. Y habiéndolo Nos verificado la tarde de ayer, dos del corriente, con toda la solemnidad que merece tan digna función, y con la complacencia de verlo presidi- da por dicho Señor Presidente, Gobernador y Capitán General, de todo su Ilustre Ayuntamiento, de todo el Venerable Cabildo de nuestra Santa Iglesia Catedral, del Clero Secular y Regular, de todos los prin- 4 26 TABLAS OBITUARIAS DE 1877 cipales Señores de distinguidas clases y empleos, y de un inmenso nú- mero de todas las de la Ciudad; en lo qual liemos visto la general sa- tisfacción con que se ha adoptado este establecimiento, y la sumisión con que se han recibido y aplaudido las órdenes de S. M. sobre el asunto, las de este Gobierno y las nuestras; mandamos que desde este dia de la fecha inclusive se lleven á pleno y debido efecto en todas sus partes dichos Reglamentos y este nuestro Edicto, esperando con la ma- yor confianza que ni nuestros Curas Párrocos permitirán otra cosa, ni los Prelados Regulares la intentarán, ni los fieles de cualquiera condi- ción la solicitarán: y si contra nuestra esperanza llegásemos á ver con dolor que aun hay quienes resistiendo á todas las Autoridades Real y Canónica, Civil y Eclesiástica, se oponen temerariamente al cumpli- miento de nuestros mandatos en esta parte, los conminamos con las pe- nas ferendas de excomunión ó suspensión, según la clase de personas; y ponemos la latee sententice de entredicho ipso fado incurrenda, en que declararémos inmediatamente incursas á las Iglesias, Ermitas, Orato- rios, Capillas, claustros, bóvedas y generalmente Cementerios, intra ó extramuros de esta Ciudad, en que se enterrare algún cadáver, y ade- mas daremos cuenta de tal atentado á este superior Gobierno, para que expida las providencias correspondientes; y finalmente la daremos á S. M. Y para que llegue á noticia de todos, mandamos se pase un exem- plar de este nuestro Edicto á todos los Curas de las Parroqias, Tenien- tes de las Auxiliares y á los Prelados Regulares de ambos sexos, para que instruidos de él respectivamente, lo lean ó hagan leer en sus Igle- sias en la Misa Mayor del dia de mañana, y lo fixen en seguida á las puertas de ellas. Dado en la Havana á tres de Febrero de mil ochocientos y seis años.-Juan Joscph Obispo de la Havana.-Por mandado de S. S. L, Gabriel de la Fuente y Vargas, Secretario. Real orden de 28 de Agosto de 1850 fijando la distancia relativa que debe mediar entre ios cementerios y el recinto de ¡as poblaciones. Excmo. Sr.: El señor Ministro de la Gobernación del Reino dice, con esta fecha, al Jefe político de esta provincia lo que sigue.-Visto el expediente instruido á instancia de los hermanos de la archicofradía del Santísimo Sacramento de la parroquial de San Lorenzo de esta Cór- te, en solicitud de permiso para construir un cementerio particular en un terreno que los mismos han adquirido en las afueras de la puerta de Atocha, al lado del Norte v colindante con los cementerios de San Ni- LEGISLACION 27 colás de Bari y San Sebastian; oido el parecer del Consejo de Sanidad, y de conformidad con lo que lia expuesto en 2 del actual, S. M. la Rei- na ha tenido á bien desestimar la solicitud indicada, mandando que para la sucesivo se observen en la concesión de semejantes permisos las reglas siguientes, propuestas por el Ayuntamiento de esta capital, en su informe de 12 de Febrero último, y aprobadas también por el indicado Consejo. 1? No se expedirán en lo sucesivo licencias, ni se consentirá el esta- blecimiento de ningún Campo Santo en sitio que, por la parte del Nor- te, no esté situado á 1500 varas de las puertas ó límites de la población de Madrid. 27 Tampoco se expedirán en el cuartel del Sur para los que hayan de costruirse á la parte acá del rio Manzanares. 37 Designado ya un punto en la parte alta y baja para la formación de los Campos Santos, los que se construyan en I9 sucesivo habrán de verificarlo en las inmediaciones de los mismos. 47 Reuniendo las circunstancias expresadas los conocidos por el de San Isidro y San Justo, esta parte y sus inmediaciones quedan desig- nadas para los que hayan de construirse en la parte baja ó del Sur. 57 y última. Hallándose dentro de las reglas establecidas en la 17 el Campo Santo que se está construyendo en el camino de Amaniel, perteneciente á la Sacramental de San Martin y San Ildefonso, este si- tio y los inmediatos quedan designados para los que hayan de estable- cerse en la parte del Norte. Por último, es la voluntad de S. M. que si la ya referida Sacramen- tal insiste en su deseo de construir el cementerio, proceda á la adquisi- ción de un nuevo terreno en la zona establecida en las reglas anteriores, podiendo entonces solicitar nuevo permiso para la ejecución. Lo que traslado á V. E. de real orden comunicada por el expresado Sr. Ministro para los efectos correspondientes. Dios, etc. Madrid 28 de Agosto de 1850.-El Subsecretario, Juan de la Cruz Oses.-Sr. Vice- presidente del Consejo de Sanidad. Y con motivo del ensanche del Cementerio de Igualada en la provin- cia de Barcelona, se expidió Real órden en 23 de Julio de 1867 que abraza, entre varios particulares, el de la distancia de los cementerios de las poblaciones, y el de la abolición reiterada del sistema de nichos. Dice así la Real órden: «Debiendo sujetarse la construcción de todo cementerio á las reglas higiénicas establecidas, como el que estén situados á mil metros de toda población y ciento por lo ménos de cualquier caserío aislado, carretera 28 TABLAS OBITUARIAS DE 1877 ó paseo, léjos asimismo de manantiales, pozos, fuentes y cañerías que contengan ó conduzcan aguas potables; opuesto á los aires dominantes, situados en terrenos elevados y algo declives, y con propiedades fisico- químicas á propósito para la descomposición cadavérica. En este senti- do, y considerando abolido el sistema de nichos reemplazándolos por el de enterramientos en el suelo, se servirá V. S. manifestar si el terreno destinado para el cementerio de Igualada de esa provincia reune estas condiciones, con el fin de que el dia en que se autorice la expropiación sea justificadísima.» Hay además que tener en cuenta la tendencia natural de las pobla- ciones á ensancharse, y por lo tanto, no colocar los cementerios en la parte por donde ese ensanche haya de hacerse, á fin de evitar que, transcurridos algunos años, se encuentre cercado el Cementerio de case- río ó demasiado cercano al mismo. Reglamento del Nuevo Cementerio de Matanzas aprobado en 1873. (*) DISPOSICIONES FUNDAMENTALES. Objeto del Establecimiento.--El Cementerio será exclusivo y común á todos los fieles, con su apartado para todos los que mueran fuera de la Comunión Católica, y con la distinción de sitios para panteones, se- pulcros y osarios. (1) r.1 2? Admisión de cadáveres.-'Estará expedito para su objeto de 7 á 12 de la mañana y de 3 á 5 de la tarde en Otoño é Invierno; y de 6 á 11 y de 5 á 7 respectivamente en Primavera y Verano. (2) Los cadáveres conducidos fuera de estos períodos, se depositarán en la Sala mortuoria, para sepultarlos durante las horas habilitadas. En épocas de epidemias se recibirán los cadáveres á todas horas. (*) Para uniformar el servicio mortuorio de los Cementerios de la Diócesis, la comisión nombrada del seno de la Junta de Cementerios de la Habana de acuerdo con el Municipio y Párroco de Matanzas, formuló este Reglamento teniendo á la vista el dictado para la Necrópolis de Cristóbal Colon de esta-Ciudad, que publica- mos en las Tablas de 1873 pág. 17. (1) Ley de 19 de Abril de 1855. (2) Disposición del Gobierno del Obispado de 6 de Noviembre de 1866-Ga- ceta del 8. 29 La víspera y dia de la Conmemoración estará franca la entrada del Cementerio. LEGISLACIÓN 3? Condiciones y prácticas.-No se admitirá ningún cadáver sin la li- cencia sepultural del Párroco respectivo ú orden de la Autoridad, visa- da por éste, conforme al modelo nüm. 1. (1) En su defecto se retendrá en la Sala mortuoria y se comunicará á la Autoridad gubernativa. Con este requisito, y el reconocimiento del Médico Inspector del Establecimiento, recibirá el Sufragio de la Iglesia y se hará cargo de él el Celador para su sepultación. Muertes aparentes.-En caso de infundir dudas sobre la realidad de la muerte, se colocará en la Sala mortuoria y le dispensará el médico todos los auxilios de la ciencia y el Capellán dará aviso á la familia y levantará acta que comunicará á su inmediato superior á los efectos co- rrespondientes. La Administración del Cementerio proveerá de los elementos nece- sarios para estos casos. Si el Médico observase señales de muerte violenta ó de enfermedad especial, dará inmediatamente parte á la Autoridad gubernativa. No se dará sepultura á ningún cadáver sin que presente todos los signos positivos de la putrefacción, cualquiera que sea el tiempo tras- currido de la muerte real ó aparente. 4'.1 Enterramiento.-Las sepulturas serán perpétuas ó temporales. Las perpetuas podrán ser monumentales. Las temporales serán de concesión particular ó en campo común. Las de campo común serán retribuidas ó gratuitas. En la distribución de la planta se designarán los lugares para toda clase de sepulturas, con separación para sacerdotes, autoridades, adul- tos, párvulos y epidemiados. 5? Sepulturas perpetuas.-Para los enterramientos á perpetuidad ha de proceder la adquisición del terreno necesario en proporción á las condiciones del panteón. Se someterán los monumentos á las bases de construcción acordadas (1) Circulado por el Obispado en 1872.-El modelo lo hallarán los lectores en las Tablas de 1872, pág. 31. 30 TABEAS OBITUAB.IAS DE 1877 con presentación de plano para su aprobación á la autoridad local ecle- siástica. Se determinará el número de sepulcros y sus aplicaciones fijas. Se cosiderarán exentas del comercio civil, no permitiéndose transfe- rencias á títulos onerosos, ni podrán ser objeto de ejecuciones judiciales. 6? Temporales.-Las sepulturas temporales dé concesión particular ten- drán lugar en bóvedas subterráneas. Las bóvedas se ajustarán álas siguientes dimensiones: Longitud metros 3'00 Latitud " 1'60 Profundidad " de 2 á 3'00 Separación " de 0'50 á 0'70 Las galerías se construirán con las condiciones de capacidad, soli- dez, ventilación y luz necesarias según las prescripciones higiénicas. Sus sepulcros tendrán las siguientes dimensiones: Longitud metros 2'10 Latitud " 0'84 Altura " 0'84 Espesor de muros. " 0'20 (1) Proveerá de unos y otras la Administración del Cementerio. Estas concesiones serán precisamente decenales. (2) Se utilizarán para dos enterramientos, habiendo de trascurrir entre ámbos un quinquenio, estén ó no embalsamados los cadáveres. Para el segundo enterramiento se adquirirá el derecho á ocupar la sepultura por todo el tiempo que falte para completar el quinquenio, que sin excepción, ha de permanecer en ella el segundo cadáver, abo- nando la diferencia proporcional al precio del decenio sin nueva pró' roga. En este caso se observarán las medidas sanitarias que impone el primer cadáver, cuyos restos conservará la Administración del Cemen- terio, asi como el segundo hasta completar el decenio sin nueva exacción. En las bóvedas se escusará la exhumación del primer cadáver. En ningún caso se concederán prórogas para los restos, cuyo desti- no serán los osarios por la naturaleza de la sepultura temporal. Al cumplimiento de la concesión se convocará á los interesados pa- ra que recojan las lápidas. (1) Art. 202 del cap. 12 de las Ordenanzas municipales y civiles de Madrid. (2) Reglamento para la Galería del Cementerio de Cristóbal Colon aprobado por el Gobierno Superior en 3 de Enero de 1873. Quedan prohibidos los nichos aéreos. (1) LEGISLACION 31 7a Comunes.-En campo común se distribuirán cuatro tramos con di- versa tarifa. Se dividirán en diez partes para que cada una de ellas soporte por turno rigoroso su año de enterramiento; de modo que durante un quin- quenio recobren las tierras sus condiciones disolventes. Se destinará una fosa para cada cadáver con estas dimensiones: Para adultos: Lados mayores metros 2'00 Lados menores " 0'85 Profundidad " de 1 i á 2'00 Separación en todos sentidos 0'30 Para párvulos de 5 á 12 años: Lados mayores metros 1 '60 Lados menores " 0'70 Profundidad " 1'30 Separación " 0'20 Para párvulos hasta 5 años: Lados mayores metros 1'20 Lados menores " 0'60 Profundidad " 1'00 Separación " 0'20 Para los epidemiados se profundizará un metro más la fosa. Para los abortos ó fetos abandonados, se regularán sus dimensiones en recinto separado del Cementerio. Todas las sepulturas tendrán figura rectangular. Se ocuparán en órden regular, á continuación unas de otras, colo- cándose una cruz donde corresponda la cabeza del cadáver, terraplena- da que sea la sepultura, con su número en correspondencia con el re- gistro, y volviendo á comenzar la numeración en cada año mortuorio. Se permitirá el uso de sepultura de mayor precio que la designada en la papeleta de remisión, abonando la diferencia de derechos. 8;? Forma de enterramiento-Para las sepultaciones á perpetuidad se utilizará toda clase de féretros. Para los temporales y comunes retribuidos, ataúdes de madera ó bien sarcófagos de plomo, zinc, pastas, cartones y de cualquiera otra (1) Disposición del Gobierno Superior Civil y Ley del Reino. $2 TABLAS OBITUARIAS DE 1877 materia que sea de fácil descomposición con la humedad de la tierra y tenga perforación suficiente para dar salida á los gases y líquidos que produce la putrefacción. Los gratuitos podrán ser sepultados con caja ó sin ella. Los cadáveres colocados en sus fosas, se cubrirán con tierra ligera- mente apisonada; y en épocas de epidemia se mezclará con cal. Los destinados á sepulcros en galerías se colocarán en ataúdes sin tapa, regándoles exteriormente tierra con cal hasta la altura de fére- tro, cuando hayan sucumbido de enfermedades comunes; y se usará el cloruro con ácido fénico, cuando procedan de enfermedades contagiosas. Los que ocupen bóvedas llevarán las tapas flojamente ajustadas, cubriéndolos con tierra y cal. Las lápidas serán de mármol ú otra materia resistente, como hierro. Las de sepulcros en galerías se colocarán pasados ocho dias del en- terramiento. Las de las bóvedas inmediatamente. Estas tendrán de cuatro á cinco centímetros de espesor. Cada dia se prepararán seis fosas en campo común para las inhu- maciones del siguiente, aumentándose en proporción de la mortandad. Los epitafios serán censurados por la Autoridad eclesiástica. En caso de trasladar algún cadáver á otro cementerio ó al extranje- ro se tendrá presente para cumplirla en todas sus partes, la Real órden de 19 de Marzo de 1848 con las modificaciones de la de Agosto de 1863 para su aplicación en la Isla; cuyo acto se legalizará con la fé de un Notario, que acredite todas sus circunstancias. No se permitirá trasladar cadáver de epidemiado, mutilado por autopsia, ni procedente de hospital, sino en ataúdes con cloruro y cal. Los que hayan sido objeto de autopsia serán enterrados precisamen- te con caja. Los procedentes de hospital y de la policía llevarán mortaja deco- rosa. 9? Exhumaciones.-Trascurridos cinco años, se exhumarán los restos y prévia desinfección con cal y cloruro, se trasladarán á los osarios. (1) Los párvulos podrán serlo á los dos años, por la más pronta des- composición de sus restos. Se permitirá construir osarios particulares por cuenta de los allega- dos en lugar conveniente. (1) Art. 16 del Reglamento de Falencia. LEGISLACION 33 Dicha limpia ó monda general se practicará de un modo parcial y en estación fria y seca. (1) Las exhumaciones judiciales no se practicarán sin órden escrita. Unas y otras las presenciará el Médico Inspector del Estableci- miento. En todos estos casos se incinerarán en los quemaderos las mortajas para impedir toda infección morbosa. Se cuidará de que no queden en la superficie del terreno huesos ni mortajas. No se podrán extraer restos sin órden de las autoridades civil y eclesiástica. 10. Servicio religioso.-Las familias podrán disponer misas conmemora- tivas, servicios solemnes, procesiones de ánimas, depósitos de cadáveres y demás sufragios, abonando el correspondiente derecho á los fondos del Cementerio y parroquiales. 11. Policía.-Se conservará el arbolado higiénico, escogiéndose entre las plantas los pinos, sáuces, sabina cimarrona, heliantos ó mirasoles, ar- bustos y flores aromáticas con la reposición y riego necesarios; y se condescenderá con los allegados de los difuntos en el plantío de flores alrededor de los sepulcros. (2) No se permitirá penetrar en el Cementerio sino á pié (salvo el cor- tejo de los entierros) en porte decente y con el respeto debido, sin que sea potestativo fumar, cantar, usar herramientas de ningún género, ni poner carteles de anuncios, ni interrumpir á los dolientes, ni tocar los sepulcros y todo contacto con los dependientes. Los niños menores de diez años irán acompañados de persona mayor. Al que faltare se le intimará la salida, y si se resiste se usará del auxilio de la autoridad. Si el caso es grave se dará parte á quien corresponda para el debi- do procedimiento. Se impedirá la entrada de los animales. 12. (1) Reglamento de policía sanitaria para el servicio del Cementerio de la Ha- bana, de 27 de Marzo de 1867, que se encuentra en la Memoria sobre el Nuevo Cementerio, presentada al Excmo. Ayuntamiento de la Habana por su Concejal el Dr. D. A. G. del Valle. (2) Reglamento de policía sanitaria citado. 5 34 TABLAS OBITUARIAS DE 1877 Zona sanitaria.-En observancia de las leyes sanitarias no se con- sentirán construcciones para habitación, ni perforar pozos á distancia menor de quinientos metros de las tápias exteriores del Cementerio, teniendo en cuenta la población actual de la ciudad. (1) 13. Los carros y trenes mortuorios, sean del Establecimiento ó del pú- blico, se lavarán y fumigarán para evitar propagaciones morbosas, sin perjuicio de la incumbencia de la Junta de Sanidad de inspeccionar por sí ó sus delegados, las agencias funerarias para que llenen este re- quisito. 14. Los fondos del Establecimiento no se empleaarán, sino en la conser- vación y desarrollo del mismo Cementerio y baja de tarifa si se exce- diesen llenadas sus atenciones. (2) 15. 16. Todo servicio, obra ó gastos que exceda de trescientos pesos anuales, se verificará por contratas públicas según la Ley. 17. PERSONAL. El Capellán es el Jefe local del Cementerio. Cuidará de que el Establecimiento corresponda á su índole grave y religiosa en su conservación y régimen. Guardará en la Capilla y bajo formal inventario los útiles y orna- mentos del culto. Recibirá los cadáveres y los sufragará con las oraciones prescritas en el Ritual. Celebrará misa con.procesión de ánimas todos los Lunes en sufragio de los fieles difuntos. Llevará el Registro de cadáveres con sus detalles para la conve- niente identificación, designando la clase de sepultura, lugar y hora del enterramiento, en armonía con el plano de la planta, que conservará y con vista de la papeleta de remisión, que legajará por meses. (3) (1) Ley sanitaria de 20 de Enero de 1853. (2) Auto de 17 de Noviembre de 1853 á que recayó Real aprobación en 23 de Mayo de 1858. (3) Reglamento de policía sanitaria citado. LEGISLACION 35 Recaudará los derechos de sepultura, venta de sepulcros y demás ingresos de que trata la tarifa y los entregará diariamente al Adminis- trador bajo recibo. Devengará mil pesos anuales de sueldo pagaderos por mesadas, sien- do de su cargo el pago del sacristán. Será nombrado por el Diocesano en la forma procedente. 18. El Administrador, que lo es el vicario foráneo, llevará el Registro de sepulturas con todos sus detalles, ocupación y exhumación; así mis- mo la contabilidad de todos los fondos ingresados por diversos concep- tos y su inversión, conservando los comprobantes. Al efecto llevará los libros necesarios. Los sueldos del Capellán, Médico y Celador los abonará mensual- mente, haciendo firmar lá nómina: los de los sepultureros semanalmen- te: los demás gastos de pequeños entretenimientos de carros y repara- ciones, en sus oportunidades. Al fin de cada año formará y presentará al Obispado un estado general de cargo y data y los correspondientes justificativos del movi- miento de fondos, acompañando la reseña de los trabajos y mejoras realizados en el Establecimiento. Remitirá semestralmente la estadística mortuoria con vista de la clasificación del modelo núm. 1 á la Junta de Sanidad, con el V? B? del Médico Inspector. Expedirá los títulos de sepultura conforme al modelo núm. 2, asen- tando en su márgen el segundo cadáver en la fecha de su enterra- miento. No expedirá duplicados de títulos sin justificación de causa y califi- cación de obtener la representación legítima del propietario. Devengará el ocho por ciento de la recaudación. El Médico Inspector nombrado por la Autoridad gubernativa á propuesta del Vicario, se constituirá diariamente en el Cementerio en las horas hábiles de enterramiento. (1) Además de las atribuciones que le están cometidas por este Regla- mento, dispondrá la fumigación del Cementerio en épocas de epidemia y cuando lo juzgue conveniente con vapores nitrosos, así como será de su exclusivo cargo todo lo demás que pueda ocurrir relativo á higiene como única persona competente en la ciencia. (2) 19. (1) Inciso 4? del cap. 16 de la Real orden dé 28 de Abril de 1866. (2) Reglamento de policía sanitaria citado. 36 'Tablas obituarias de 1877 Devengará mil pesos de sueldo anual tan pronto como los fondos del Cementerio permitan sufragar ese gasto; y mientras tanto la Autoridad superior local de esta ciudad podrá encomendar ese servicio al Médico municipal que tenga por conveniente, mediante la gratificación de cua- trocientos ocho pesos anuales, que es lo que por ahora podrán abonar los fondos del Establecimiento; pudiendo además cobrar los derechos de las exhumaciones y demás trabajos que á instancia de parte hiciere, ó sean los honorarios de costumbre. En caso de notar mayor densidad en la mortandad, por razas, sexos ó edades, con sospecha de enfermedad contagiosa, lo participará á la Junta de Sanidad. (1) 20. El Celador será nombrado por el Capellán con aprobación de la Autoridad local eclesiástica, escogiéndose personas de moralidad. Será el Jefe de los sepultureros, cuyos trabajos dirigirá y vigilará. Cuidará de la conservación de los edificios, sepulcros, limpieza y ex- pedición de calles, arbolado y riego, dando parte de toda falta y de la de los subalternos. Atenderá á que las sepultaciones se hagan en los lugares que de- termine la papeleta de remisión y en la forma dispuesta por este Re- glamento. Impedirá que los dependientes tengan contacto con el público y que reciban propinas de ninguna clase. Hará alumbrar por la noche la entrada del Cementerio. Procederá á las simples reparaciones y lechadas con aprobación del Capellán. A estos efectos utilizará las horas desocupadas de los subal- ternos. Dará parte de cualquier desperfecto en sepulturas y arbolado. Impedirá que entren en el Cementerio animales á pastar y destruir siembras y sepulcros: no consentirá sobre la superficie del terreno bajo ningún pretexto, tierra ni materiales de construcción, escogiéndose las afueras del Establecimiento para su acopio, hacer mezcla y labrado de Amonestará á sus dependientes en caso de faltas y en el de reinci- dencia ó gravedad, dará parte al Cappllan. Recibirá el cadáver á su ingreso y lo conducirá á la sepultura con el decoro y respeto debido, y no se separará hasta dejar cubierta la se- pultura,. (1) Rsglamento de Medicina. LEGISLACION 37 Tomará razón del conductor del cadáver. Pernoctará en el Establecimiento. No permitirá que lo verifiquen personas extrañas. Vestirá traje sério con placa que lo designe. Devengará seiscientos pesos de sueldo anual. 21. Los Sepultureros serán contratados por el Celador con anuencia del Capellán. Habrá hasta seis en tiempos normales. Serán de buenos antecedentes. Verificarán los trabajos que les designe el Celador y con preferen- cia la apertura de fosas para el siguiente dia. Vestirán con decencia y sepultarán los cadáveres con el mayor cui- dado y recogimiento. Podrán residir en el Establecimiento. Devengarán un peso diario. RESPONSABILIDAD. Todo desenterramiento becho sin autorización, constituye violación de sepultura y se someterá á la justicia ordinaria. Asimismo la extracción de huesos humanos. Asimismo el escalamiento del edificio. Por último, toda profanación. 22. 23. TRANSITORIAS. A los poseedores de sepulturas en el antiguo Cémenterio se les in- demnizará con otras análogas en el nuevo por la mitad de su valor. Al cumplimiento de cada quinquenio y con el resultado de la Ad- ministración se modificarán estas disposiciones por lo que respecta á sueldos y tarifas. (1)-Habana 15 de Febrero de 1873.-Dr. Antonio A. Ecay-Dr. Ambrosio González del Valle. (1) Art. 11 de la Real orden de Abril 28 de 1866. 38 TABLAS OBITUARIAS DE 1877 APROBACION. Habana y Octubre 25 de 1873.-Visto: lo resuelto por el Excelen- tísimo Sr. Gobernador Superior Político en oficio de fecha 6 del que rige, conformándose con lo informado por la Excma. Junta Superior' de Sanidad al examinar el Reglamento que deberá regir en el Cementerio de Matanzas, venimos en disponer se una esa comunicación al expe- diente respectivo, y con los demás antecedentes se pase todo al Cura párroco de la Iglesia de término de dicha ciudad, para que, hechas en dicho Reglamento las modificaciones que se proponen por la enunciada Superior Autoridad, se compulse copia del mismo Reglamento; se im- prima y ponga en inmediata ejecución, remitiéndonos tres ejemplares de dichos impresos con devolución de este expediente.-Dr. Merino. -Por mandato de Su Señoría, Miguel V. López, Secretario. CONTRIBUCION AL ESTUDIO DE LA MUERTE PARA LOS CASOS DE AUTOPSIA, EMBALSAMAMIENTOS É INHUMACIONES, ETC. uando se separa una parte del cuerpo del resto del orga- nismo, no por eso deja esa parte de seguir viviendo un tiempo más; asi vemos que una pierna amputada conserva por un plazo más ó ménos largo, la excitabilidad de sus nervios, la contractilidad muscular, las propiedades vita- les de su epidérmis, etc. La interrupción de la circulación, la separa- ción de los centros nerviosos, no paralizan, pues, inmediatamente, la vida.de los elementos, de los tejidos y de los órganos; sino que los con- dena á morir fatalmente al cabo de un tiempo determinado, y solo cuando hayan agotado los materiales indispensables que determinan la actividad que poseían aun en el momento de la separación. El organismo humano en el instante de la muerte, se encuen- tra en un caso completamente igual al de una pierna amputada; la respiración se detiene, la sangre deja de circular, pero cada órgano continúa viviendo todavía, y la permanencia de esta vida local post mortem, varía en cada órgano según su estructura, su composición quí- mica, sus conexiones, etc. Preciso es, desde luego, saber distinguir la muerte general-somática-de la muerte local ó molecular. La primera es consecuencia necesaria é inmediata de paralizarse la circulación ó la respiración; la segunda no sigue á ambas sino después de trascurrir cierto tiempo; y solo en circunstancias escepcionáles, como en la muerte por el rayo, vemos que eoincide la muerte somática con la muerte mo- 40 lecular, y que los elementos y los tejidos son atacados á la vez que las grandes funciones del organismo. Para que un elemento ó un tejido pueda funcionar y vivir, tiene que reunir tres condiciones: l*? La comunicación ó contacto con el oxígeno; 2? Su relación con los materiales de nutrición; 3? Una organi- zación determinada. Pero ese mismo elemento, ese tejido dejará de vivir, cuando cese de estar en contacto, ya con el oxígeno, ya con los materia- les de nutrición, ó cuando se desorganice química ó mecánicamente, etc. Siendo la sangre el vehículo del oxígeno y de los materiales de nutri- ción, todo cuanto se oponga á su influencia y contacto-hemorragia, ligadura, embolia, parálisis del corazón, etc.-como lo que le impida recibir el oxígeno-cesación de la respiración, destrucción de los gló- bulos rojos, acción del óxido de carbono, etc., ó que le prive de recibir los materiales de nutrición-inanición-degenerará en causa de muerte. Estas diferentes causas, mortales todas, pueden influir sobre los tejidos y sobre todos los órganos. Cuando un órgano poco importante es atacado, ese órgano muere; pero sin ejercer influencia alguna fatal sobre el resto del organismo; mas si por acaso llegara á posesionarse la causa de muerte de alguno de los órganos imprescindibles para la vida general del organismo, como del corazón, pulmón, bulbo cerebral, etc., entónces la muerte local de este órgano, atraerla infaliblemente en tiempo más ó ménos corto la muerte general del organismo, la muerte •sowfofica. Tan luego como el centro circulatorio, por cualquier causa, deja de latir, la circulación se paralizará y la muerte vendrá á ser su inmedia- ta consecuencia. En fin, sea cual fuere en último análisis la causa leja- na de la muerte, el fenómeno que inmediatamente la precede y la de- termina, es siempre la parálisis del corazón y la falta consecutiva de la circulación. De cualquier modo que la muerte tenga efecto, ya sea como se suele decir, á causa del pulmón ó del bulbo, no por ello deja de ser ménos cierto, que el cesar de latir el corazón es lo que siempre constituye el hecho esencial. La muerte natural muy rara vez acontece, y lo que es por mi par- te, no sé citar un solo ejemplo de muerte que se haya verificado por la simple debilitación gradual de los órganos, sin que haya intervenido alguna lesión patológica. Casi siempre se llega á morir de una enfer- medad intercurrente; y en este caso precede á la muerte una agonía, cuya duración y caractéres varían, según la naturaleza de la afección que destruye la existencia. Durante la agonía mueren diferentes ór- ganos y diferentes aparatos, los unos después de los otros; el organismo muere en detalle, y esta sucesiva ausencia de las funciones vitales tie- TABLAS OBITUARIAS DE 1877 ne su térm'no cuando la muerte invade los dos aparatos fundamenta- les de la respiración y de la circulación. La agonía, en cualquier género de muerte, presenta generalmente los siguientes caractéres: el rostro está lívido, descarnado,-cara hipo- crática,-los pómulos salientes, las mejillas colgantes y flojas, la nariz afilada y delgada, la frente se vé cubierta de un sudor frió y viscoso, los ojos empañados y sin vista, los párpados á medio cerrar, los labios descoloridos y lívidos, la boca á medio abrir deja entrever unas encías completamente enjutas y unos dientes cubiertos de una capa parduzca; el cuerpo está inerte y se abandona á la ley de la pesantez; está inmóvil, salvo algunos movimientos involuntarios con temblores de los dedos y de las manos; las extremidades están frías, y ese frió va invadiendo paulatinamente las partes centrales. (1) La respiración es débil; las mucosidades acumuladas en la tráquea, producen en cada tiempo de la respiración un ruido traqueal semejante al del agua hirviendo--estertor de los agonizantes-que se percibe á distancia. Los latidos del corazón en un principio más frecuentes, van retar- dándose y disminuyendo de intensidad; el pulso llega á ser impercep- CONTRIBUCION AL ESTUDIO DE LA MUERTE 41 (1) Los progresos de la termometría aplicada al estudio de la muerte-tana- tometría-no han pronunciado la última palabra respecto á fijar el grado termal pa- ra declarar le muerte cierta. El mínimum parece ser de 21° 8 en los niños de tres meses de nacidos, según Parrot; de 27 y 28 en los adultos, según Linas y Bouchut, y de 25°, según Tourdes. El grado termal inconciliable con la vida, no está aún resuelto. Sin embargo, no debe abandonarse este importante estudio médico-legal. Para apreciar el tiempo probable de la muerte, Taylor y Wilks nos han lega- do observaciones tanatométricas en cuatro séries de cadáveres, con los resultados siguientes, sin expresar las causas que ocasionaron la muerte, dato tan indispensable, cuanto que en el cólera, la inanición, la esclerema, en ciertos envenenamientos y en los grandes traumatismos por armas de fuego, etc., se observa una algidez extra- ordinaria: TEMPERATURA. 2á3 horas después de la muerte. 76 observaciones. 4 á 6 h oras 49 observaciones. 6 á 8 horas. 29 observaciones. 12 horas. 35 observaciones. CENTIGRADO. CENTIGRADO. CENTIGRADO. CENTIGRADO. Máximum 34-44 30-00 26-67 26-11 Mínimum 18-89 16-67 18-89 13-33 Media 25-00 23-33 21-11 20-56 En cuanto á la temperatura observada en la catalepsia, nada hay cierto ni es- pecial para distinguirla de la muerte real sino es la cita de haber notado Georget la media del calor fisiológico; la de Bourdon-«de su agotamiento, ó mejor dicho, su disminución»-y la de Pau de Saint-Martin, en que durante el acceso catalépti- co aumentó el calor de 1, 2 y 3 décimos de grado.-A. G. del V. 6 42 tibie, la sensibilidad se embota, la vista no percibe ya la luz; el mori- bundo se cree rodeado de tinieblas; el oido es lo último que se pierde, oye aún á las personas que lo rodean; la voz es apagada y apénas se percibe, la palabra temblorosa y entorpecida, balbucea voces incom- prensibles; la inteligencia puede conservarse, pero á menudo se encuen- tra debilitada y algunas veces desaparece de un todo; girones de su vida pasada, recuerdos de la infancia, ensueños ya agradables ya peno- sos, parecen atravesar aquella inteligencia que se despide de la vida y que son como sus últimos fulgores; ha sonado la hora de hacer un exá- men de conciencia, remordimientos, actos de contrición; pero es tam- bién el momento de la disolución, carece ya de voluntad y carácter, la inercia física se equilibra con la verdadera inercia física. Todos estos fenómenos se agravan por grados, la vida se transforma en breve en un soplo invisible; todo toca á su fin, exhala la última res- piración; el corazón se detiene El hombre, sin embargo, no es aún cadáver; los órganos, los tejidos, los elementos, viven aún cierta vida local; lo será cuando estos restos de existencia hayan desaparecido tam- bién, cuando la muerte molecular suceda á la muerte somática y haya dejado el campo libre á la putrefacción cadavérica, único signo absolu- to, cierto, de la muerte real y total del organismo.-Beaunis, Physiolo- gie humaine, 1876, Paris.-Traducido-para las Tablas Obituarias.- TABLAS OBITUARIAS DE 1877 CEMENTERIO DE CRISTOBAL COLON. TERRENOS VENDIDOS PARA SEPULTURAS A PERPETUIDAD EN 1877. POSEEDORES. Fechas. Sitio. Metros. Suma anterior Febrero 19. Campo común 449'67 D? Hortensia Baudoin 2'00 D. José Trueba y Lavin Id. 19 Idem....,..; 2'00 D. José Cornelio Diaz Id. 22 Idem 2'00 D. José Aceituno Marzo 3.... Idem 3'00 B. Félix José Valdés Id. 6 Idem 2'00 D. Clemente Castellanos Abril 4 Idem 2'00 D? Magdalena García Id. 30 Idem 2'00 D. Manuel Castellón Mayo 11.... Idem 2'00 D. Patricio Rodríguez Id. 18 Idem 2'00 B. Matías Rivero y Hudson Id. 19 Idem 2'00 D. Luis del Castillo Id. 28 Idem 2'00 D. Fernando López Junio 6 Idem 2'00 B. Miguel Piierrer y Marti Id. 6 Idem 2'00 D. Joaquín Rodríguez Id. 6 Idem 2'00 D? Belen Vidal Id. 6 Idem 2'00 D. Manuel E. Valdés Id. 19 Idem 2'00 Dr. D. Casimiro J. Saez Id. 30 Idem 8'48 D. Félix Soloní Julio 21 Idem 2'00 Dr. D. Antonio González de Mendoza... Id. 24 Faja de monums... 35'00 D. José María Cabrera Id. 28 Campo común 2'00 D. Pedro Gutiérrez Id. 31 Idem 2'00 D. Narciso Torras Id. 31 Idem 2'00 DI Magdalena Ferradas Id. 31 Idem 2'00 DI Inés Faures Agosto 6.... Idem 2'00 D. José Pujáis y Russell Id. 14 Idem 2'00 B. Federico Biemter Setbre. 5.... Idem 2'00 D. Ventura López Calderón Id. 13 Idem 2'00 B. Ignacio Montalvo y Calvo Id. 14 Faja de monums... 16'95 Df Amalia Morilla y Jado Octubre 4... Campo común 5'00 B. Ricardo Zenóz Id. 23 Idem 2'00 D. Carlos Betancourt Id. 29 Idem 2'00 DI Isabel Ornyllo D. Santiago Alemani JNovbre. 5... Segundas Cruces... 2'00 Id. 7 Campo común 2'00 B. Enrique Bellean Id. 7 Segundas Cruces... 2'00 D. Consuelo Prats Id. 10 Idem 2,00 D. Ricardo Jiménez Id. 10 Campo común 2'00 D. Enrique García y García Id. 13 Faja de monums... 31'50 B. Ventura Manterola Id. 17 Campo común 2'00 D. José D. Teron Id. 17 Idem 2'00 DI Concepción Barba Id. 17 Idem 2'00 D. Federico del Solar y Muro Id. 20 Idem 2'50 D. Carlos del Rincón Dbre.10-17 Idem 24'50 B. José Estéban de Rojas Id. 12 Idem 2'00 DI Sebastiana Puig Id. 17 Idem 15'00 D. Manuel B. Moré Id. 17 Idem 15'00 D. José Imbernó Id. 24 Idem 2'00 678'60 EXEMPLUM »EDI VOBIS. EXMO. É ILLMO. SR. DR. D, JUAN JOSÉ DIAZ DE ESPADA Y LAN DA, DIGNISIMO OBISPO DE ESTA DIÓCESIS Autor del 1er Cementerio de la Habana-abierto por su piedad el 2 de Fe- brero de 1806,... Y allí sus restos mortales desde el 17 de Agosto de 1832 según su voluntad.-Cerrado el 3 de Noviembre de 1878.